Con tantas novedades que ocurren en el circuito central del derecho constitucional (desde el fallo de la Corte Suprema que afirma la prohibición de difundir bocas de urna hasta la renuncia de Belluscio) es posible que se pase por alto una decisión importantísima que tiene que ver con derechos básicos de la persona. Fue pronunciada por la Justicia Contencioso Administrativa bonaerense, un fuero que globalmente viene mostrándose muy eficiente y activista. Y es también elogiable la actitud del Ministerio de Justicia de la Provincia, que se aviene a aceptar la medida.
Como todavía no tengo el fallo in extenso, pongo en este post la nota de Clarín que firma Fabián Debesa. No hay muchos más comentarios para hacer, salvo que cabe preguntarse cuál sería la vía procesal idónea para articular este mismo reclamo en las provincias donde la jurisdicción administrativa no tiene un tribunal especializado y sigue siendo concebida, en las leyes y en la jurisprudencia, como un "juicio al acto". Casos como este demuestran lo imperioso que es aggiornar algunos paradigmas.
Ordenan sacar de las comisarías los libros con fotos de sospechosos
Las comisarías de la Provincia no podrán mostrar fotos de sospechosos a las víctimas de delitos y deberán remitir a la Justicia los libros que contienen esos registros "informales" de presuntos delincuentes.
En un acta firmada ayer por el juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata Luis Arias, el Ministerio de Seguridad acordó ordenar el retiro de los "registros de malvivientes" (también conocidos como "books") de las 300 comisarías bonaerenses y las más de 150 delegaciones de investigaciones de esa fuerza de seguridad.
La decisión, avalada por la Justicia, es una derivación de un recurso de hábeas data presentado por la Asociación Civil Miguel Bru para conocer cuál es la utilización que hace la Policía de los álbumes fotográficos. El derecho a conocer la utilización de los datos personales que hace el Estado está incorporada a la Constitución bonaerense de 1994.
La confección de estos registros es una vieja práctica que tiene casi 40 años: un decreto firmado en 1967 habilitó a los investigadores policiales a archivar en las dependencias copias de todas las personas que ingresan por averiguación de antecedentes (AA).
De acuerdo con los datos oficiales, cada año se realizan entre 90.000 y 100.000 expedientes por AA, aunque no todas las fichas incluyen fotos. El procedimiento actual sigue estos pasos: la Policía muestra a víctimas de robo, violación u otros ilícitos los retratos para que identifiquen al supuesto delincuente. Si figura en el álbum, los investigadores buscan la forma de llegar a esa persona para imputarle el delito.
"Es una práctica ilegal. No está contemplada en el Código de Procedimiento y por el uso de este instrumento muchas personas terminan detenidas sin motivos", explicó a Clarín el defensor de Casación Penal Mario Coriolano, quien fue convocado para la audiencia en el juzgado de Arias.
La disposición no anula otros mecanismos para identificar a sospechosos de delitos como el reconocimiento en rueda de presos o la comparación fotográfica, realizada a partir de una orden judicial y con el consentimiento de la defensa.
El secretario de Seguridad, Martín Arias Duval, fue el representante del Gobierno que firmó el acta. El funcionario aseguró que en un plazo de 24 horas los comisarios deberán enviar los libros fotográficos a las fiscalías generales. Y también se estableció que la tenencia de esta documentación en una seccional constituirá "falta grave".
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Luego de la lectura de la nota, me surge una nueva pregunta, a partir de lo que dice Coriolano. ¿Qué pasaría si efectivamente estuviera contemplada en el Código de Procedimientos? Creo que esa habilitación legal sería claramente inconstitucional si la idea es incluir en el book todos los ingresos de Averiguación de Antecedentes, que son mayormente personas que no han trascendido siquiera el umbral de la sospecha.
Como todavía no tengo el fallo in extenso, pongo en este post la nota de Clarín que firma Fabián Debesa. No hay muchos más comentarios para hacer, salvo que cabe preguntarse cuál sería la vía procesal idónea para articular este mismo reclamo en las provincias donde la jurisdicción administrativa no tiene un tribunal especializado y sigue siendo concebida, en las leyes y en la jurisprudencia, como un "juicio al acto". Casos como este demuestran lo imperioso que es aggiornar algunos paradigmas.
Ordenan sacar de las comisarías los libros con fotos de sospechosos
Las comisarías de la Provincia no podrán mostrar fotos de sospechosos a las víctimas de delitos y deberán remitir a la Justicia los libros que contienen esos registros "informales" de presuntos delincuentes.
En un acta firmada ayer por el juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata Luis Arias, el Ministerio de Seguridad acordó ordenar el retiro de los "registros de malvivientes" (también conocidos como "books") de las 300 comisarías bonaerenses y las más de 150 delegaciones de investigaciones de esa fuerza de seguridad.
La decisión, avalada por la Justicia, es una derivación de un recurso de hábeas data presentado por la Asociación Civil Miguel Bru para conocer cuál es la utilización que hace la Policía de los álbumes fotográficos. El derecho a conocer la utilización de los datos personales que hace el Estado está incorporada a la Constitución bonaerense de 1994.
La confección de estos registros es una vieja práctica que tiene casi 40 años: un decreto firmado en 1967 habilitó a los investigadores policiales a archivar en las dependencias copias de todas las personas que ingresan por averiguación de antecedentes (AA).
De acuerdo con los datos oficiales, cada año se realizan entre 90.000 y 100.000 expedientes por AA, aunque no todas las fichas incluyen fotos. El procedimiento actual sigue estos pasos: la Policía muestra a víctimas de robo, violación u otros ilícitos los retratos para que identifiquen al supuesto delincuente. Si figura en el álbum, los investigadores buscan la forma de llegar a esa persona para imputarle el delito.
"Es una práctica ilegal. No está contemplada en el Código de Procedimiento y por el uso de este instrumento muchas personas terminan detenidas sin motivos", explicó a Clarín el defensor de Casación Penal Mario Coriolano, quien fue convocado para la audiencia en el juzgado de Arias.
La disposición no anula otros mecanismos para identificar a sospechosos de delitos como el reconocimiento en rueda de presos o la comparación fotográfica, realizada a partir de una orden judicial y con el consentimiento de la defensa.
El secretario de Seguridad, Martín Arias Duval, fue el representante del Gobierno que firmó el acta. El funcionario aseguró que en un plazo de 24 horas los comisarios deberán enviar los libros fotográficos a las fiscalías generales. Y también se estableció que la tenencia de esta documentación en una seccional constituirá "falta grave".
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Luego de la lectura de la nota, me surge una nueva pregunta, a partir de lo que dice Coriolano. ¿Qué pasaría si efectivamente estuviera contemplada en el Código de Procedimientos? Creo que esa habilitación legal sería claramente inconstitucional si la idea es incluir en el book todos los ingresos de Averiguación de Antecedentes, que son mayormente personas que no han trascendido siquiera el umbral de la sospecha.