Bueno, la cosa no es tan así, pero sirve para que veamos algunos puntos de cómo se hace y se deshace el derecho.
Me refiero al procesamiento del secretario de Agricultura, Miguel Campos, acusado de supuestas irregularidades en la distribución de la Cuota Hilton. En lo que sigue trataré de exponer los hechos básicos del caso, depurando sus incontables ribetes políticos y extrajurídicos, basándome en la cobertura de "Página 12" , de DyN y de la nota que firma en "La Nación" Grabiel Sued.
Qué es la Cuota Hilton y cómo se distribuye
La "Cuota Hilton" es un cupo que la Comunidad Europea asigna para cortes de carnes de alta calidad, y que cada país exportador -al que se le fija un tonelaje global- debe distribuir entre sus proveedores. Casi siempre, obtener o no un buen cupo de Cuota Hilton significa para un frigorífico la diferencia entre la prosperidad y la penuria económica.
En el fallo del procesamiento de Campos, dictado ayer por el juez Canicoba Corral, se cuestiona que Campos otorgó, por medio de una resolución dictada el 13 de octubre de 2004, porciones de la cuota a un grupo de frigoríficos que no cumplían con los requisitos establecidos por normas de la propia secretaría unos meses antes. Para el juez, de esa forma se "procuró un lucro indebido a las empresas que no contaban con las condiciones de acceso al beneficio y un perjuicio a aquellas otras que cumplían con toda la reglamentación".
La denuncia que dio origen a esta causa fue radicada por el consorcio frigorífico ABC (Argentine Beef Consortium) cuestionando los acuerdos que otorgaron una porción de la cuota a unos 15 frigoríficos que habían obtenido fallos judiciales favorables.
Cuando los amparos son el problema y no la solución
Esos fallos habían tenido origen en amparos solicitados por frigoríficos que no cumplían con los requisitos mínimos, y que muchos jueces proveyeron favorablemente, asignándoles pretorianamente un cupo eterminado, sin reparar en que ello tenía como necesaria contrapartida la reducción del tonelaje que podían usufructuar las empresas que sí cumplían con los requisitos.
El subtexto económico también es relevante para entender el trasfondo del conflicto de intereses, pues de ese lado quedaban entre otros Swift, Quickfood, Finexcor (de Cargill), Gorina y Arrebeef, el grupo que tradicionalmente obtenía la mayor parte de la Cuota Hilton y que se sintió afectado por el cambio en el reparto que hizo Campos, más abierto a frigoríficos medianos y chicos y del interior del país.
Los lectores más asiduos no podrán acusarme de condenar per se el activismo judicial (me parece más peligroso el "pasivismo", aunque ya estoy a punto de dedicar un post a hacer ciertas divagaciones sobre estos términos engañosos), pero está claro que la raíz de este problema fue generado por una pulsión tutelar que nunca tomaba debida nota de las consecuencias e implicancias de sus fallos, dictando además medidas que se resolvían inaudita parte. Ello a pesar de que era de total evidencia que habría terceros afectados, porque la "cuota Hilton" asignada al país no es un chicle que se pueda estirar por un correlativo acto de voluntarismo judicial.
Cuando todo esto pasaba este blog no existía, pero yo siempre lo citaba como un caso paradigmático de abuso en los amparos, pues no venía a salvar arbitrariedades en la distribución global o intrarregional de la cuota -que quizá las hubiera, en función de la disparidad que dejaba su parte sustancial concentrada en pocas manos, favoreciendo a los "grandes"- ni a despejar requisitos formalistas o injustos: en claro exceso de jurisdicción se llegó a disponer la medida para "amparar" a frigoríficos que no habían registraban actividades significativas -o que de hecho estaban cerrados-, algo que me parece como el más básico de los recaudos que podrían serle exigibles a un potencial exportador.
No creemos que hubiera corrupción: en ello se combinaba, nos parecía entonces, algo de localismo, algo de ceder a la presión de los dueños o los trabajadores de las plantas, y seguramente mucho de sensibilidad social, atravesadas por la dudosa lógica jurídica de que el peligro en la demora habilita al juez a obrar con la mayor laxitud en la evaluación de un planteo cautelar.
¿Qué debe hacer ante ello el funcionario a quien se le ordena la asignación de cuota? Para Canicoba Corral, la respuesta es clara: "sin lugar a dudas, agotar las diferentes instancias judiciales para lograr un fallo que echara por tierra mandas de magistrados incompetentes o bien aquellas que contenían una orden contraria a la legislación aplicable, aparece como la única opción para respetar el orden jurídico imperante y garantizar transparencia y equidad en la distribución de la cuota Hilton".
La otra alternativa, que sería manifiestamente improcedente, era casi tautológica e improponible en nuestro sistema procesal: que la ABC o Campos hicieran un amparo contra los amparos. Dicho sea de paso, no hubiese estado mal que se instara un "per saltum", que la Corte Suprema resolviera la cuestión a marchas forzadas, y santas pascuas. Pero estos no son tiempos donde se pueda arriar al alto tribunal a que surta fallos con celeridades que al perdidoso le serán inevitablemente sospechosas.
Desde mi perspectiva, una opción como la que hipotetiza Canicoba pudo ser viable, pero quizá no la mejor en términos de eficiencia, dado que las resoluciones judiciales tenían en parte la virtualidad de aparecer como un hecho consumado. Veamos por qué.
Campos se defendió con el argumento de que su resolución quería dar un marco general y administrativo al repertorio de asignaciones pretorianas que querían incorporar piezas nuevas al puzzle de la Cuota Hilton. Dice que para ello tuvo dictámenes favorables del departamento legal de la Secretaría de Agricultura, del Ministerio de Economía y de la Procuración del Tesoro de la Nación. Todos ellos, “me aconsejaron que a través de los convenios (con los frigoríficos que habían conseguido amparos) se acortarían los plazos para disponer inmediatamente de la cuota”, indicó. En 26 años de existencia de este sistema de exportación de carne a Europa, dice, nunca se consiguió cumplir con su distribución en tiempo y forma, debido a los amparos. El año pasado se lo hizo por primera vez. Con los acuerdos, “se evitó el mal peor, que era que (los frigoríficos con amparos en su favor) se llevaran toda la cuota que les daba la manda judicial”, sostuvo Campos. “Logré repartir la cuota en tiempo y forma y disminuí la judicialización”, agregó en su defensa.
No luce descabellado su alegato, y mal que nos pese a la referencia a la "judicialización" como una cosa problemática, ciertamente que lo fue en este contexto.
El resumen de la historia, super simplificado, y desde la perspectiva del ordenamiento jurídico, puede contarse así: los jueces crearon derecho, Campos -a su modo- lo aplicó, y otro juez lo quiere condenar por haber aplicado un derecho no legislado.
Moralejas, hay varias. En primer lugar, los jueces deben asumir su función con sensibilidad social, pero también con rigor jurídico y económico. La judicialización, que varias veces solventa o alivia problemas y expurga al derecho de la norma injusta, otras veces está generando inequidad. Los fallos que, vistos aisladamente, nos pueden parecer razonables o al menos tolerables, generan situaciones de muy difícil tratamiento cuando su repetición los lleva a la escala mayorista. Véanse las tres posibilidades: acatar los fallos, desconocerlos y apelar, o bien "negociar" con los amparistas (que fue lo que hizo Campos); todas ellas lucen como alternativas valorativamente insatisfactorias.
Y nos queda, para el final, la pregunta de si tiene sentido procesar este conflicto, que tiene tanto de política y de interpretación del derecho, en el marco de una lógica penal.
Me refiero al procesamiento del secretario de Agricultura, Miguel Campos, acusado de supuestas irregularidades en la distribución de la Cuota Hilton. En lo que sigue trataré de exponer los hechos básicos del caso, depurando sus incontables ribetes políticos y extrajurídicos, basándome en la cobertura de "Página 12" , de DyN y de la nota que firma en "La Nación" Grabiel Sued.
Qué es la Cuota Hilton y cómo se distribuye
La "Cuota Hilton" es un cupo que la Comunidad Europea asigna para cortes de carnes de alta calidad, y que cada país exportador -al que se le fija un tonelaje global- debe distribuir entre sus proveedores. Casi siempre, obtener o no un buen cupo de Cuota Hilton significa para un frigorífico la diferencia entre la prosperidad y la penuria económica.
En el fallo del procesamiento de Campos, dictado ayer por el juez Canicoba Corral, se cuestiona que Campos otorgó, por medio de una resolución dictada el 13 de octubre de 2004, porciones de la cuota a un grupo de frigoríficos que no cumplían con los requisitos establecidos por normas de la propia secretaría unos meses antes. Para el juez, de esa forma se "procuró un lucro indebido a las empresas que no contaban con las condiciones de acceso al beneficio y un perjuicio a aquellas otras que cumplían con toda la reglamentación".
La denuncia que dio origen a esta causa fue radicada por el consorcio frigorífico ABC (Argentine Beef Consortium) cuestionando los acuerdos que otorgaron una porción de la cuota a unos 15 frigoríficos que habían obtenido fallos judiciales favorables.
Cuando los amparos son el problema y no la solución
Esos fallos habían tenido origen en amparos solicitados por frigoríficos que no cumplían con los requisitos mínimos, y que muchos jueces proveyeron favorablemente, asignándoles pretorianamente un cupo eterminado, sin reparar en que ello tenía como necesaria contrapartida la reducción del tonelaje que podían usufructuar las empresas que sí cumplían con los requisitos.
El subtexto económico también es relevante para entender el trasfondo del conflicto de intereses, pues de ese lado quedaban entre otros Swift, Quickfood, Finexcor (de Cargill), Gorina y Arrebeef, el grupo que tradicionalmente obtenía la mayor parte de la Cuota Hilton y que se sintió afectado por el cambio en el reparto que hizo Campos, más abierto a frigoríficos medianos y chicos y del interior del país.
Los lectores más asiduos no podrán acusarme de condenar per se el activismo judicial (me parece más peligroso el "pasivismo", aunque ya estoy a punto de dedicar un post a hacer ciertas divagaciones sobre estos términos engañosos), pero está claro que la raíz de este problema fue generado por una pulsión tutelar que nunca tomaba debida nota de las consecuencias e implicancias de sus fallos, dictando además medidas que se resolvían inaudita parte. Ello a pesar de que era de total evidencia que habría terceros afectados, porque la "cuota Hilton" asignada al país no es un chicle que se pueda estirar por un correlativo acto de voluntarismo judicial.
Cuando todo esto pasaba este blog no existía, pero yo siempre lo citaba como un caso paradigmático de abuso en los amparos, pues no venía a salvar arbitrariedades en la distribución global o intrarregional de la cuota -que quizá las hubiera, en función de la disparidad que dejaba su parte sustancial concentrada en pocas manos, favoreciendo a los "grandes"- ni a despejar requisitos formalistas o injustos: en claro exceso de jurisdicción se llegó a disponer la medida para "amparar" a frigoríficos que no habían registraban actividades significativas -o que de hecho estaban cerrados-, algo que me parece como el más básico de los recaudos que podrían serle exigibles a un potencial exportador.
No creemos que hubiera corrupción: en ello se combinaba, nos parecía entonces, algo de localismo, algo de ceder a la presión de los dueños o los trabajadores de las plantas, y seguramente mucho de sensibilidad social, atravesadas por la dudosa lógica jurídica de que el peligro en la demora habilita al juez a obrar con la mayor laxitud en la evaluación de un planteo cautelar.
¿Qué debe hacer ante ello el funcionario a quien se le ordena la asignación de cuota? Para Canicoba Corral, la respuesta es clara: "sin lugar a dudas, agotar las diferentes instancias judiciales para lograr un fallo que echara por tierra mandas de magistrados incompetentes o bien aquellas que contenían una orden contraria a la legislación aplicable, aparece como la única opción para respetar el orden jurídico imperante y garantizar transparencia y equidad en la distribución de la cuota Hilton".
La otra alternativa, que sería manifiestamente improcedente, era casi tautológica e improponible en nuestro sistema procesal: que la ABC o Campos hicieran un amparo contra los amparos. Dicho sea de paso, no hubiese estado mal que se instara un "per saltum", que la Corte Suprema resolviera la cuestión a marchas forzadas, y santas pascuas. Pero estos no son tiempos donde se pueda arriar al alto tribunal a que surta fallos con celeridades que al perdidoso le serán inevitablemente sospechosas.
Desde mi perspectiva, una opción como la que hipotetiza Canicoba pudo ser viable, pero quizá no la mejor en términos de eficiencia, dado que las resoluciones judiciales tenían en parte la virtualidad de aparecer como un hecho consumado. Veamos por qué.
Campos se defendió con el argumento de que su resolución quería dar un marco general y administrativo al repertorio de asignaciones pretorianas que querían incorporar piezas nuevas al puzzle de la Cuota Hilton. Dice que para ello tuvo dictámenes favorables del departamento legal de la Secretaría de Agricultura, del Ministerio de Economía y de la Procuración del Tesoro de la Nación. Todos ellos, “me aconsejaron que a través de los convenios (con los frigoríficos que habían conseguido amparos) se acortarían los plazos para disponer inmediatamente de la cuota”, indicó. En 26 años de existencia de este sistema de exportación de carne a Europa, dice, nunca se consiguió cumplir con su distribución en tiempo y forma, debido a los amparos. El año pasado se lo hizo por primera vez. Con los acuerdos, “se evitó el mal peor, que era que (los frigoríficos con amparos en su favor) se llevaran toda la cuota que les daba la manda judicial”, sostuvo Campos. “Logré repartir la cuota en tiempo y forma y disminuí la judicialización”, agregó en su defensa.
No luce descabellado su alegato, y mal que nos pese a la referencia a la "judicialización" como una cosa problemática, ciertamente que lo fue en este contexto.
El resumen de la historia, super simplificado, y desde la perspectiva del ordenamiento jurídico, puede contarse así: los jueces crearon derecho, Campos -a su modo- lo aplicó, y otro juez lo quiere condenar por haber aplicado un derecho no legislado.
Moralejas, hay varias. En primer lugar, los jueces deben asumir su función con sensibilidad social, pero también con rigor jurídico y económico. La judicialización, que varias veces solventa o alivia problemas y expurga al derecho de la norma injusta, otras veces está generando inequidad. Los fallos que, vistos aisladamente, nos pueden parecer razonables o al menos tolerables, generan situaciones de muy difícil tratamiento cuando su repetición los lleva a la escala mayorista. Véanse las tres posibilidades: acatar los fallos, desconocerlos y apelar, o bien "negociar" con los amparistas (que fue lo que hizo Campos); todas ellas lucen como alternativas valorativamente insatisfactorias.
Y nos queda, para el final, la pregunta de si tiene sentido procesar este conflicto, que tiene tanto de política y de interpretación del derecho, en el marco de una lógica penal.