Como en este blog vamos mechando temas dispares, ahora nos movemos del usual enfoque opinante y divulgatorio al del márketing de la profesión (y al respecto, digo: es increíble que aún aspectos bastante recónditos del derecho tienen sus especialistas, mientras que en ese área se trabaja con improvisación o con especialistas que no conocen del todo las especificidades del metier, y no hay preparación en la facultad al respecto).
En cualquier caso, créanme que el post les va a resultar interesante y a nosotros nos sirve para refutar algunas ideas falsas sobre lo que conviene y no conviene en la profesión legal.
Este programa de doce pasos fue elaborado por Dan Hull de whataboutclients.com, y desde que lo leímos, hace un tiempito, estuvimos pensando en traerlo a nuestro blog.
Al principio me he tomé libertades en la forma en que iba a redactar el “título” de las reglas (esto por razones de música del idioma) y luego fui reformulando el enunciado de su motivación, que en algunos puntos quedó bastante distinto.
De todas formas, mi versión remixada mantiene el esqueleto del original, que para mejor proveer puede verse en este post y sus linkeados.
Se comprenderá, enseguida, que está pensado para "grandes" estudios, pero los principios también son aplicables para el más modesto abogado valijero y autónomo (es más, podríamos decir que éste ya conoce y aplica varios de ellos de modo intuitivo o deliberado).
Por qué esto es importante
Quiero llamar la atención sobre estas reglas, subrayando algo que luego será bien comprendido en su explicación.
Primero: estas no son sólo reglas de marketing, sino también reglas deontológicas, de ética profesional. Al cabo, el comportamiento debido permite consolidar la reputación y el prestigio de la firma, lo que a su vez es profesionalmente redituable.
En segundo lugar, quiero poner la desiderata en perspectiva sistemática, y explicar que esto también acarrea beneficios a la comunidad en su conjunto.
Está muy extendida una visión negativa acerca de la intervención de los abogados en un conflicto, y es cierto que el litigio puede crecer o dilatarse artificialmente a través del pluspetititio o de la chicana, o de otras inconductas procesales que rara vez son sancionadas a pesar de que pueden y deberían serlo. Pero también es cierto que una causa mejor defendida tiene más posibilidades de ser una causa mejor resuelta, más justamente dirimida.
Y muchos otros justiciables menos sofisticados podrían beneficiarse de una línea jurisprudencial abierta o explorada en litigios complejos.
Además, un cliente mejor asesorado es una ventaja para el sistema de justicia, por la misma razón que la medicina preventiva es una ventaja para el paciente individual, pero también para el sistema de Salud Pública.
Hecha toda esta propedéutica, les invito a que vean aquí nomás, en este post, las "12 rules of client service" de Dan Hull, reversionadas por saberderecho.