Sobre qué consecuencias legales pueden ocurrir por los links que pongo en mi página, y otras preguntas usuales relacionadas
¿Qué consecuencias legales pueden ocurrir por los links que pongo en mi página?
Esa pregunta inicial debe desglosarse en varios supuestos:
(a) Por el contenido ofensivo o la inexactitud de la información del link ...
... el que linkea la página no tiene en principio una responsabilidad automática, salvo que haga suyas las afirmaciones allí vertidas, a sabiendas de su carácter ofensivo o calumnioso (lo cual, en el caso de afirmaciones discriminatorias, racistas, etc., muchas veces resultará de imposible negación).
Debe tenerse en cuenta que, cfme. art. 113 Cod. Penal Argentino, "el que publicare o reprodujere, por cualquier medio, injurias o calumnias inferidas por otro, será reprimido como autor de las injurias o calumnias de que se trate" .
Independientemente de ello, sí puede ser compelido por un juez a que retire el link.
(b) Por los links cuyos contenidos violan derechos de autor ...
... depende de si el autor de la página estaba o no en conocimiento de esa violación de copyright.
Si es enjuiciado, para quedar a salvo de toda responsabilidad, deberá demostrar que el contexto de la página fuente lo pudo inducir a engaño en relación al hecho de que el material se reproducía allí con autorización de sus autores/derechohabientes.
Pero si recibe una intimación fehaciente de los titulares del copyright, y es fundada, tendrá que retirar el link so pena de quedar incurso en responsabilidades civiles o penales, las que -de persistir- le podrían ser imputadas a la par de quien haya sido la fuente o host del material prohibido.
Esto se aplica tanto a textos y música como a videos, dibujos y fotos.
Ahora veamos algunas preguntas complementarias
¿Qué pasa si se trata del contenido capturado por un robot para un motor de búsqueda? ¿Puedo obligar a que Google no linkee a un sitio que me menciona?
Para que esto suceda, yo tendría que demostrarle a un juez que se trata de un sitio con contenido ofensivo, ilegal o donde se acumulan materiales en violación al copyright. (Julieta Prandi, Sofi Zámolo y Jimena Capristo lo hicieron)
Es decir, yo podría conseguir que Google no incluya los resultados que me vinculen con un sitio x, pero no puedo pedirle que excluya mi nombre de todos sus relevamientos.
¿Puede obligarme la Justicia a suprimir links o incluir un contenido rectificatorio?
Sí, por sentencia judicial, definitiva o cautelar, y cuando alguien no lo haga pueden imponersele multas o "astreintes" en función de la mora.
En caso de que, como webmaster, reciba una intimación privada para incluir una "réplica", o para suprimir un link o contenido, debería consultar con un abogado para que lo oriente: muchas veces, cumplir con lo exigido prontamente puede ser el camino más aconsejable para evitar consecuencias legales.
Todo lo anterior, ¿se aplica a los links incluidos por visitantes en los comments?
Es un tema donde la jurisprudencia vacila. Ante la duda, siempre se aconseja adoptar una política conservadora. En función de la cual, decimos: para eximirse, uno debería probar la imposibilidad de haber "moderado" el mensaje -cosa rara- o la imposibilidad de haber advertido, luego de un control razonable, que el comment o vínculo externo tenía un contenido ofensivo o ilegal, al principio (porque después de linqueado puede haber cambiado lo escrito en la otra página, y eso ya no es culpa mía) .
¿Si mi servidor está en Phoenix, o en Nairobi, por qué puedo ser imputado conforme a las leyes argentinas?
Porque en el derecho penal comparado es dominante la teoría de la ubicuidad, según la cual el delito debe reputarse cometido tanto donde se ha ejecutado la acción como donde se produce el resultado. Siendo más concreto, el Código Penal argentino establece, art. 1º, que se aplica a "delitos cometidos o cuyos efectos deban producirse en el territorio de la Nación (...)".
¿Es responsable el servidor que "sólo aloja" los contenidos?
No, del mismo modo que el que fabrica los CDs vírgenes no es responsable por las copias ilegales y el que provee papel, no se hace cargo de lo que luego escriba el diario.
Y recuerden el principio general, de que no hay zonas francas: TODO LO QUE ES ILEGAL FUERA DE LA WEB, ES ILEGAL EN LA WEB. Y viceversa.
::.
PD. ¿Puedo reproducir el contenido de este post?
Si. Con indicación de la fuente, el contenido de este blog puede citarse libremente, salvo para fines comerciales, o para la realización de obras derivadas, conforme a la licencia de creative commons que adoptamos, todo bajo los términos y condiciones explicados en el aviso legal.
Esa pregunta inicial debe desglosarse en varios supuestos:
(a) Por el contenido ofensivo o la inexactitud de la información del link ...
... el que linkea la página no tiene en principio una responsabilidad automática, salvo que haga suyas las afirmaciones allí vertidas, a sabiendas de su carácter ofensivo o calumnioso (lo cual, en el caso de afirmaciones discriminatorias, racistas, etc., muchas veces resultará de imposible negación).
Debe tenerse en cuenta que, cfme. art. 113 Cod. Penal Argentino, "el que publicare o reprodujere, por cualquier medio, injurias o calumnias inferidas por otro, será reprimido como autor de las injurias o calumnias de que se trate" .
Independientemente de ello, sí puede ser compelido por un juez a que retire el link.
(b) Por los links cuyos contenidos violan derechos de autor ...
... depende de si el autor de la página estaba o no en conocimiento de esa violación de copyright.
Si es enjuiciado, para quedar a salvo de toda responsabilidad, deberá demostrar que el contexto de la página fuente lo pudo inducir a engaño en relación al hecho de que el material se reproducía allí con autorización de sus autores/derechohabientes.
Pero si recibe una intimación fehaciente de los titulares del copyright, y es fundada, tendrá que retirar el link so pena de quedar incurso en responsabilidades civiles o penales, las que -de persistir- le podrían ser imputadas a la par de quien haya sido la fuente o host del material prohibido.
Esto se aplica tanto a textos y música como a videos, dibujos y fotos.
Ahora veamos algunas preguntas complementarias
¿Qué pasa si se trata del contenido capturado por un robot para un motor de búsqueda? ¿Puedo obligar a que Google no linkee a un sitio que me menciona?
Para que esto suceda, yo tendría que demostrarle a un juez que se trata de un sitio con contenido ofensivo, ilegal o donde se acumulan materiales en violación al copyright. (Julieta Prandi, Sofi Zámolo y Jimena Capristo lo hicieron)
Es decir, yo podría conseguir que Google no incluya los resultados que me vinculen con un sitio x, pero no puedo pedirle que excluya mi nombre de todos sus relevamientos.
¿Puede obligarme la Justicia a suprimir links o incluir un contenido rectificatorio?
Sí, por sentencia judicial, definitiva o cautelar, y cuando alguien no lo haga pueden imponersele multas o "astreintes" en función de la mora.
En caso de que, como webmaster, reciba una intimación privada para incluir una "réplica", o para suprimir un link o contenido, debería consultar con un abogado para que lo oriente: muchas veces, cumplir con lo exigido prontamente puede ser el camino más aconsejable para evitar consecuencias legales.
Todo lo anterior, ¿se aplica a los links incluidos por visitantes en los comments?
Es un tema donde la jurisprudencia vacila. Ante la duda, siempre se aconseja adoptar una política conservadora. En función de la cual, decimos: para eximirse, uno debería probar la imposibilidad de haber "moderado" el mensaje -cosa rara- o la imposibilidad de haber advertido, luego de un control razonable, que el comment o vínculo externo tenía un contenido ofensivo o ilegal, al principio (porque después de linqueado puede haber cambiado lo escrito en la otra página, y eso ya no es culpa mía) .
¿Si mi servidor está en Phoenix, o en Nairobi, por qué puedo ser imputado conforme a las leyes argentinas?
Porque en el derecho penal comparado es dominante la teoría de la ubicuidad, según la cual el delito debe reputarse cometido tanto donde se ha ejecutado la acción como donde se produce el resultado. Siendo más concreto, el Código Penal argentino establece, art. 1º, que se aplica a "delitos cometidos o cuyos efectos deban producirse en el territorio de la Nación (...)".
¿Es responsable el servidor que "sólo aloja" los contenidos?
No, del mismo modo que el que fabrica los CDs vírgenes no es responsable por las copias ilegales y el que provee papel, no se hace cargo de lo que luego escriba el diario.
Y recuerden el principio general, de que no hay zonas francas: TODO LO QUE ES ILEGAL FUERA DE LA WEB, ES ILEGAL EN LA WEB. Y viceversa.
::.
PD. ¿Puedo reproducir el contenido de este post?
Si. Con indicación de la fuente, el contenido de este blog puede citarse libremente, salvo para fines comerciales, o para la realización de obras derivadas, conforme a la licencia de creative commons que adoptamos, todo bajo los términos y condiciones explicados en el aviso legal.