Después de todo, se trata de un fallo revocatorio, que imagino, debe tener considerandos y parte dispositiva.
Pero en un juicio, el Pierre Menard podría presentar una pericial de literatos que den fe de su rica interxtualidad (via linkillo). Más info, en Monolingua (este post, y su apostilla).
Desconcertados, y esperando que no llegue nuestro Agustín Viola, nos movilizamos a la ficción retro -porque ya se sabe que el futuro llegó hace rato- y vamos a intertextualar esta pieza rara de nuestro arcón juridicista.
Decíamos esto.
Una olvidable novela pulp de ciencia ficción1 incluye en cierto punto una escena donde un grupo de sabios marcianos del futuro expone sus descubrimientos sobre nuestro planeta. Vale la pena decir que la mirada marciana es interesante porque se basa primordialmente en el texto y sólo cuenta con información fragmentaria acerca del contexto constitucional. Lo cual lleva al investigador a arribar a azoradas conclusiones:
El profesor de arqueología política se puso de pie y dijo:
"Básicamente, el sistema funciona así. ¿Ve aquel booklet? Le llamaban “Constitución”. No sabemos si su contenido fue primariamente impuesto o consensuado, pero en cualquier caso debió de ser convalidado consuetudinariamente."
"Por lo que sabemos ahora, en aquella época en casi todos los países existía una Constitución bastante similar. Sólo hemos detectado periódicas reformas, que generalmente aumentaban su volumen, pero no conocemos ningún caso en que haya existido para luego desaparecer. Asumimos que se trata de un estadio irreversible en la vida de una nación."
"Desde un principio nos pareció curiosa la escasa magnitud del texto comparada con la desproporcionada influencia que el mismo tenía en el sistema de dominación. Hemos comprobado que los textos religiosos habían perdido buena parte de su influencia hacia el final del II milenio de su cuenta, pero casi toda la vida de estos pobres hombres estaba supeditada, de algún modo, a su Constitución. Conjeturamos, pues, que debían existir otros documentos que lo complementaran. Precisamente, hace no mucho encontramos los archivos de una institución que parece haber monopolizado la función de decir qué es lo que quería decir ese folleto. Una suerte de ventrilocuismo trascendental, si acepta la metáfora. Esa función, empero, no parece haberse limitado a una mera traducción".
"La estructura de los archivos es casi siempre similar. Esa institución llamada Corte parece haber tenido una función de vigilancia global que se actualizaba en ciertos conflictos. Estaba compuesta por muy pocos hombres que según parece se renovaban en períodos irregulares y normalmente extensos. Su estructura burocrática era enorme, pues aparentemente existían otras oficinas subordinadas encargadas de dar su primera impresión sobre el conflicto, que después era evaluada por la Corte. Si bien hemos encontrado una sola, la misma cita a veces opiniones de otras "Cortes", por lo que suponemos que institutos similares debieron existir en otras regiones que tenían esos booklets. Sus funciones, incluso, parecen haber sido similares".
"Varias cosas nos impresionaron. En primer lugar, que la Corte tenía aparentemente el poder de ordenarle cosas al mismo gobierno. Desconocemos si estas órdenes eran obedecidas, pero si esto era realmente así deberíamos replantear todas las concepciones que teníamos acerca de la omnipotencia de los poderes del gobierno. De hecho, nos resulta tan chocante que no descartamos la posibilidad de que haya existido en las sombras una institución que haya tenido poder sobre la propia Corte.""... En segundo lugar, y esto es muy interesante –dijo el Profesor, haciendo una pausa para releer sus apuntes– numerosos archivos de los estudiados concluyen en que determinada ley no tiene base constitucional. Hasta donde sabemos, eso tenía el efecto de tener la ley en cuestión por no escrita, y nadie la acataría en lo sucesivo. Nuevamente nos enfrentamos así ante la necesidad de replantear lo que hasta ahora creíamos de esas civilizaciones, pues en un sistema cuyo criterio de verdad estaba sujeto a comicios, un número mínimo de hombres tenía el poder de desmentir la voz de los representantes de la mayoría. Nos resulta muy curioso además que de ese modo un documento que data de generaciones anteriores vincule a generaciones posteriores, impidiéndoles hacer lo que estas quieren. En ese sentido, la fe en la Constitución debió revestir un carácter casi religioso. Aunque, de hecho, su influencia era mayor, pues no había nadie que pudiera escapar a su feligresía, y los anatemas que la misma constitución articulaba contra quienes osaban hacerlo eran terribles. Hay algo muy extraño en todo eso."
1 Vladimir Estragon, A Tuesday in Mars, Oportet & Haeress, London, 1976, pp. 27-28. La traducción es nuestra.
Update matemático: ¿Relación riesgo/beneficio para plagiadores? He aquí la probabilística de Rollo -que imagina, con razón, mucha cifra negra- en la que el cálculo le da un 60,6 % de posibilidades de plagiar sin ser visto (en otrosí, ver mi recálculo al respecto, que me da un mucho menor 3,5% de chances de impunidad, teniendo en cuenta los aspectos del caso).