No vamos a hablar sobre el trabajo en comisiones, porque obviamente no podríamos estar en todas al mismo tiempo. En la nuestra, la de “derecho penal sustantivo”, no hubo grandes debates. Sólo una discusión sobre Günther Jakobs y el “derecho penal del enemigo”. Algunos diciendo que la noción es tan repugnante que no debería ser teorizada, porque ello implica legitimarla, otros diciendo que es válida como esfuerzo “descriptivo” que, en puridad, puede y científicamente debe separarse del momento valorativo del estudioso. No se pueden acercar mucho estas posiciones, así que sólo basta con plantearlas. (Y conceder algo de razón, además, en la idea de que hay, incluso entre nosotros, antes y ahora, elementos ya muy agraviantes a las garantías penales como para que nos preocupemos por la agenda de un profesor alemán).
Revista de las exposiciones del día jueves
Lucila Larrandart
Conferencia sobre “Género y justicia penal”, interesante. Idea que nos gustó: impugna las variantes vindictivas del discurso “de género”. El derecho penal, dice, no puede ser un medio de acción positiva. No se pueden discernir o decidir penas con diferente criterio conforme al género de la víctima, o del victimario. En ese aspecto, hay que atenerse a la igualdad ante la ley (recordemos que una ley en España establecía penas agravadas en el delito de lesiones si la agresión iba de un hombre a una mujer)
Alberto Binder + Alicia Ruiz
Ambos mantuvieron una visión crítica sobre el estado de la enseñanza del Derecho en la Argentina, el tema de la mesa. Lo cual nos parece bien, hay que abandonar toda mirada autocomplaciente que suele mantenerse con la tradición de lo que se ha hecho siempre.
Dice Binder que las Escuelas de Derecho acompañan el proceso de degradación institucional. Que incurren en dos pecados capitales, el formalismo y el instrumentalismo. Que aparte se ha instalado la idea de que uno es un buen profesor si, con tono combativo, instala en sus alumnos la escéptica convicción de que el Derecho no sirve para nada. Lo cual, suponemos nosotros que quiso decir A.B., es el origen de una verdadera profecía autocumplida: partiendo de esa base, no podemos sorprendernos de que con operadores así educados, al final el derecho efectivamente no termine sirviendo para nada.
Además, Binder sostiene que la operatoria académica se caracteriza por el dogma del conceptualismo y la falsa neutralidad, escamoteando (por definición) el sustrato de los asuntos humanos. Desde esa cuadrícula de nociones artificial, ficticia, se ignora que el Derecho está tomando siempre un interés particular, al que le otorga cobertura en forma de promesa jurídica (el interés preexiste al derecho, que es una construcción social “ex post”). La consecuencia es una malversación, usar los recursos del Sistema Derecho para procesar (mal) conflictos de la moral y la política, cubriéndolos de un cariz aséptico que en modo alguno tienen, y empeorado por la práctica del ritualismo que impera en el tratamiento de la administración de justicia.
Alicia Ruiz mantuvo un enfoque mas metateórico. Propone repensar el obstáculo epistemológico de lo que entendemos por derecho. Dijo que no le interesaba hablar allí de pedagogía, “no porque creo que no sea significativa, sino porque creo que es una vía de escape” al verdadero problema.
Sin embargo, he ahí un punto que debería yo criticar de ambas exposiciones, algo que deberían al menos haber señalado sin tapujos.
Y que es que las escuelas de derecho, virtualmente, se desentienden de todo adiestramiento pedagógico del profesor. También los relevan de casi toda exigencia al respecto. Incluso la mínima predicable, la de “dar clases”, es olímpicamente contravenida por profesores de fuste que, al tiempo que criticarán la delegación legislativa en el gobierno nacional, practican una delegación de facto en su cátedra, dejándola en manos de ayudantes. Los concursos, en fin, se basan en una apreciación descomunal de los antecedentes, de modo que no se verifica estímulo o competencia real para acceder o renovar cargos. En general, además, los concursos tardan años.
Pocas cátedras se plantean críticamente qué pueden hacer para enseñar mejor. El debate suele girar sobre los contenidos, sobre el qué, no sobre el cómo. ¿Estamos buscando activar y potenciar todas las habilidades argumentativas de un estudiante, integrando conocimiento? ¿Están formándose sujetos cognoscentes con un aparato analítico-crítico propio, cuestión que trasciende a toda ideología? ¿O enseñamos y evaluamos de modo tal que el que tiene ventajas comparativas es el repetidor insistente, el obsecuente reproductor de conceptos, el vizcachero zafador de materias?
En todo eso pensábamos a la salida, siempre haciendo mea culpa, aunque en este caso menos, porque teníamos otras cosas en que pensar mientras cruzábamos el puente de Figueroa Alcorta bajo la lluvia torrencial.
Revista de las exposiciones del día jueves
Lucila Larrandart
Conferencia sobre “Género y justicia penal”, interesante. Idea que nos gustó: impugna las variantes vindictivas del discurso “de género”. El derecho penal, dice, no puede ser un medio de acción positiva. No se pueden discernir o decidir penas con diferente criterio conforme al género de la víctima, o del victimario. En ese aspecto, hay que atenerse a la igualdad ante la ley (recordemos que una ley en España establecía penas agravadas en el delito de lesiones si la agresión iba de un hombre a una mujer)
Alberto Binder + Alicia Ruiz
Ambos mantuvieron una visión crítica sobre el estado de la enseñanza del Derecho en la Argentina, el tema de la mesa. Lo cual nos parece bien, hay que abandonar toda mirada autocomplaciente que suele mantenerse con la tradición de lo que se ha hecho siempre.
Dice Binder que las Escuelas de Derecho acompañan el proceso de degradación institucional. Que incurren en dos pecados capitales, el formalismo y el instrumentalismo. Que aparte se ha instalado la idea de que uno es un buen profesor si, con tono combativo, instala en sus alumnos la escéptica convicción de que el Derecho no sirve para nada. Lo cual, suponemos nosotros que quiso decir A.B., es el origen de una verdadera profecía autocumplida: partiendo de esa base, no podemos sorprendernos de que con operadores así educados, al final el derecho efectivamente no termine sirviendo para nada.
Además, Binder sostiene que la operatoria académica se caracteriza por el dogma del conceptualismo y la falsa neutralidad, escamoteando (por definición) el sustrato de los asuntos humanos. Desde esa cuadrícula de nociones artificial, ficticia, se ignora que el Derecho está tomando siempre un interés particular, al que le otorga cobertura en forma de promesa jurídica (el interés preexiste al derecho, que es una construcción social “ex post”). La consecuencia es una malversación, usar los recursos del Sistema Derecho para procesar (mal) conflictos de la moral y la política, cubriéndolos de un cariz aséptico que en modo alguno tienen, y empeorado por la práctica del ritualismo que impera en el tratamiento de la administración de justicia.
Alicia Ruiz mantuvo un enfoque mas metateórico. Propone repensar el obstáculo epistemológico de lo que entendemos por derecho. Dijo que no le interesaba hablar allí de pedagogía, “no porque creo que no sea significativa, sino porque creo que es una vía de escape” al verdadero problema.
Sin embargo, he ahí un punto que debería yo criticar de ambas exposiciones, algo que deberían al menos haber señalado sin tapujos.
Y que es que las escuelas de derecho, virtualmente, se desentienden de todo adiestramiento pedagógico del profesor. También los relevan de casi toda exigencia al respecto. Incluso la mínima predicable, la de “dar clases”, es olímpicamente contravenida por profesores de fuste que, al tiempo que criticarán la delegación legislativa en el gobierno nacional, practican una delegación de facto en su cátedra, dejándola en manos de ayudantes. Los concursos, en fin, se basan en una apreciación descomunal de los antecedentes, de modo que no se verifica estímulo o competencia real para acceder o renovar cargos. En general, además, los concursos tardan años.
Pocas cátedras se plantean críticamente qué pueden hacer para enseñar mejor. El debate suele girar sobre los contenidos, sobre el qué, no sobre el cómo. ¿Estamos buscando activar y potenciar todas las habilidades argumentativas de un estudiante, integrando conocimiento? ¿Están formándose sujetos cognoscentes con un aparato analítico-crítico propio, cuestión que trasciende a toda ideología? ¿O enseñamos y evaluamos de modo tal que el que tiene ventajas comparativas es el repetidor insistente, el obsecuente reproductor de conceptos, el vizcachero zafador de materias?
En todo eso pensábamos a la salida, siempre haciendo mea culpa, aunque en este caso menos, porque teníamos otras cosas en que pensar mientras cruzábamos el puente de Figueroa Alcorta bajo la lluvia torrencial.