"Pasó de año gracias a un amparo": reflexiones

En este blog siempre hemos estado en contra de la frivolización del amparo, de su uso testimonial, ventajero o como arma arrojadiza para suplir imposibilidades políticas.

Pensamos que la ordinarización del amparo, combinada con la cautelar innovativa, provoca el escándalo jurídico de darle al que pide lo que quiere sin haberse tomado el trabajo de probar su agravio y concederle al otro un derecho de defensa.

Yo no sé cómo hubiera resuelto el caso del chico de Huinca Renancó, pero lo que se lee de los diarios es más o menos esto.

Que el chico rindió libre 12 materias, y en cambio no se presentó a rendir ninguna de las tres materias que daba un profesor que, según él, lo discriminaba. Es importante eso: no fue que reprobó y apeló la nota por vía del amparo. Y
presentó la cautelar el 23 de febrero. (Antes de la fecha de las mesas, supongo yo).

El trámite no tuvo nada extraordinario: se dio traslado al
Ministerio de Educación y luego de su respuesta, el 24 de abril el Juzgado se expidió.

No lo hizo pasar de año al chico: ordenó tomarle examen en un plazo de 20 días desde esa fecha excluyendo al docente "objetado" del tribunal examinador.

Y determinó -en una cautelar innovativa- que hasta que se resolviera la cuestión de fondo el alumno podía ingresar a quinto año aun adeudando tres materias.

En este caso la cautelar innovativa sí tiene sentido: es el único medio idóneo para no frustrar el alcance de una eventual decisión favorable. Si no se hubiera hecho así, el amparo hubiera estado librado a la lógica del hecho consumado, y por más favorable que fuera la sentencia todo lo que podría decir es: tiene razón, pero marche preso (porque ya no tendría la posibilidad de reengancharse en el curso de quinto).

Si la resolución final hubiera sido denegatoria, el chico no tenía el derecho adquirido de cursar quinto: su ubicación allí es -era- provisoria.

Final

La historia terminó con el chico rindiendo -y aprobando- Física ante un tribunal especial, formado por docentes de la capital de Córdoba. Esto pasó el lunes. La mesa tuvo que conformarse así porque "los docentes del Mansilla no quisieron prestarse a ese acto". Es decir, desobedecieron la orden judicial... que ya estaba firme porque el Ministerio de Educación no había apelado. Bonita forma de inculcarle el respeto a la Justicia.

Con esa materia rendida, el chico está en condiciones de cursar quinto año, y entonces ya lo está haciendo de pleno derecho, no por orden judicial.

Para qué la Justicia

El Gobernador De la Sota dijo que
"La Justicia no está para ponerle nota a los alumnos ni para hacerlos pasar de grado. Son los maestros los que deben llevar adelante el proceso educativo".

Pero: no es De la Sota el que tiene que decir para qué está y para qué no la justicia. Y el "proceso educativo" -que efectivamente llevan adelante los maestros- no es, que yo sepa, zona vedada al control judicial de la administración pública. Que así se haya entendido tradicionalmente -y mal- es otra cosa.

Links:

- Las amonestaciones colectivas, agravio al principio de culpabilidad. Comentamos aquí en 2005 un caso (con final feliz) de Santiago del Estero, sobre la revisión judicial del derecho disciplinario escolar.

P.D. 1. Leyendo diversas fuentes para escribir este post, se podrá entender que a la marcha en apoyo del profesor fueron 1.000 personas, o 300, o tal vez 70. A falta de datos ciertos, yo tomo esto como un indicar fiable ... del grado de simpatía del que lo cuenta para con la causa.

P.D. 2. Lo dicho antes sobre el control judicial también vale para el nivel superior: la autonomía universitaria no es una patente de corso ni un bill de indemnidad.