Calamandrei: del sentimiento y la lógica en las sentencias judiciales

No recuerdo muy bien, andamos de viaje y no tengo el libro ahora cuando escribo esto, pero creo que el título del post es el título del capítulo X del libro de Piero Calamandrei (1889-1956), en el superclásico “Elogio de los jueces escrito por un abogado”.

Porque íbamos a saldar la deuda de Carnelutti, pero cambiamos de carril y saltamos a Calamandrei. Para un trabajo que estamos encarando nos proponemos indagar cómo se escriben, como deberían escribirse, las sentencias. Ya iremos tirando alguna punta sobre eso.

Libro de tono coloquial, a veces casi aforístico, crudo anecdotario y compilación de apostillas bien cocidas sobre lo que pasa y lo que se deja pasar en tribunales.

Leemos ahí,



Todos los abogados saben que los fallos justos son mucho más frecuentes que las motivaciones impecables, y así ocurre a menudo que, después de una casación, por defectos de motivación, el juez de instancia no puede en conciencia hacer otra cosa que reproducir, con mayor fiabilidad, la parte dispositiva de la sentencia casada. Esto ocurre porque a veces, el juez, en quien las dotes morales son superiores a las intelectuales, siente por intuición de qué parte está la razón, pero no consigue dar con los medios dialécticos para demostrarlo.

Creo que la angustia más obsesionante para un juez escrupuloso ha de ser precisamente ésta: sentir, sugerida por la conciencia, cuál es la solución justa, y no conseguir encontrar los argumentos para demostrarlo según la lógica. En este aspecto, es conveniente que el juez tenga también, aun en un pequeño grado, algo de la habilidad del abogado; porque al redactar la motivación, debe ser el defensor de la tesis ya fijada por la conciencia.



No siempre sentencia bien motivada quiere decir sentencia justa, ni viceversa. A veces, una motivación descuidada y breve indica que el juez, al decidir, estaba tan convencido de la bondad de su conclusión que consideró tiempo perdido el que se empleara en demostrar su evidencia; como otras veces, una motivación difusa y muy esmerada, puede revelar en el juez el deseo de disimular, ante sí mismo y ante los demás, a fuerza de arabescos lógicos, la propia perplejidad.

No digo, como lo he oído muchas veces, que sea nociva al juez la mucha inteligencia, dio que es juez óptimo en quien prevalece sobre las dotes de inteligencia, la rápida intuición humana. El sentido de la justicia, mediante el cual se aprecian los hechos y se siente rápidamente de qué parte está la razón, es una virtud innata que no tiene nada que ver con la técnica del Derecho, ocurre como en la música, respecto de la cual la más alta inteligencia no sirve para suplir la falta de oído.
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Nos preguntamos, cuando pensamos en eso, si teníamos razón con nuestra afirmación tajante de que el derecho no es sentido común. Sí, seguimos pensando eso. Pero no sé que piensan ustedes.

Leyendo recordamos dos sentencias, también, superclásicas. Una, la de Earl Warren en "Brown v. Board of Education" (1954), fallo en el que se ordenó acabar con la segregación racial en las escuelas de Estados Unidos. Para atacar un tema compejísimo, que estaba hirviendo en la sociedad norteamericana, Warren la hizo simple. Dijo que eso era inadmisible, que causaba en los pibes un sentimiento de inferioridad y de desazón en su alma y en sus corazones. Liquida el tema en pocas páginas, no hay florituras. Creo que nos hubiera gustado una sentencia así en "Simón".

La otra, ejemplo de manual de motivación "difusa y muy esmerada", como dice Calamandrei. Me refiero a Marshall en "Marbury v. Madison", que hace volteretas en el aire y derrapes controlados para demostrar algo que no necesariamente está "ahí" según denuncian muchos, esa idea de que el control de consititucionalidad le compete al Poder Judicial. Pero esa es otra historia, y ya otros la contaron antes que nosotros.

Ven, empezamos hablando de un procesalista europeo muerto y sí, terminamos hablando de la SCOTUS. Comparatismo compulsivo. O debe tener razón Böhmer, o el anónimo que firma como tal, cuando dice en su comment a nuestro anterior post que está bueno eso de pensar en pertenecer a comunidades cada vez más amplias y complejas, en admitir que no hay nada más allá del derecho, que todo es argumento, que no hay derecho si no en el sentido de una práctica argumental compleja y contingente que es todo lo que tenemos.