"La tarea judicial es hoy un espacio de creación"

Seguimos con largas citas. Lean esto. Los subrayados son nuestros.


El Secretariado de Jueces para la Democracia ha manifestado su honda preocupación ante el auto del Juez Instructor de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de fecha 2.2.2010 que venía a imputar delito de prevaricación al Juez Central de Instrucción n. 5 en relación a su actuación en la causa abierta por los crímenes de la represión franquista. Queremos apoyar esa declaración desde la perspectiva de los requerimientos del trabajo del juez.

Calificar de prevaricadora a una de las posiciones del debate jurídico desarrollado en el contexto de un proceso significa criminalizar la deliberación, imponer los límites penales a la interpretación judicial e impedir el desarrollo libre y honesto de las ideas. El análisis de los crímenes de la represión franquista es una tarea ardua y de alta complejidad. Porque representa una realidad terrible, que nos resulta difícil de decir y de contemplar -no en balde es expresión de la barbarie, de nuestra barbarie-, con decenas de miles de desaparecidos, de ejecutados extrajudicialmente y enterrados indignamente como desechos humanos prescindibles en fosas comunes, de niños arrancados a sus madres, familias y centros de acogida a quienes se les despojó del nombre y de la identidad; víctimas que no han tenido acceso a la justicia ni a la verdad, ni obtenido reparación a esta fecha.

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Lo más grave es que se emite un mensaje de cautela y reserva para intérpretes atrevidos e interpretaciones innovadoras o progresivas desde la perspectiva de los derechos humanos y su efectividad. No podemos asumir en nuestra cultura de la jurisdicción que el juez aplica la ley sumisamente, como parece sugerir el auto, porque se trata de una ficción; lo que naciera como metáfora, la boca de la ley, hoy ha quedado vacío de contenido, a pesar de su comodidad nada explica sobre el método judicial. Porque operamos en el contexto de un derecho dúctil, que integra derechos fundamentales, más principios y valores, más ley; en este caso ley nacional, mas ley europea y ley internacional. Realidad innegable, por ello se habla del fenómeno de la constitucionalización de la Comunidad internacional alrededor de los textos y tratados en materia de derechos humanos, que obligan a los Estados como derecho imperativo. El margen del intérprete es muy amplio. No nos engañemos. Claro que es necesario delimitar ese marco desde parámetros de razonabilidad, excluyendo aquellas interpretaciones que niegan la ley o se desentienden de mandatos normativos precisos. Fuera de ello, la tarea judicial es hoy un espacio de creación, no porque lo quiera el juez, sino porque lo impone la realidad de la propia ley que maneja, que en muchos casos solo ofrece tímidas pautas para orientar la decisión. Es por ello que criminalizar el debate jurídico resulta altamente preocupante para la independencia judicial en su dimensión interna: una suerte de Corte de Casación que impone su criterio de interpretación desde la cúspide de la pirámide como si se tratara del mando de una organización militarizada. Una imagen del pasado. Además la criminalización desincentiva la imaginación jurídica, moldea jueces conformistas y sumisos al poder y a la jerarquía, se erige en un obstáculo insalvable para la imprescindible evolución de la jurisprudencia e impone una cultura judicial autoritaria, que nos parece indeseable.

Una cultura judicial autoritaria que viene a vincularse con la impunidad de los crímenes de estado cometidos durante la dictadura y que traslada una pauta de actuación a quienes ejercen la jurisdicción: respeten las inmunidades de hecho y de derecho de los poderosos del pasado y del presente, dediquen su potestad a perseguir los desórdenes de los pobres.

Madrid, 12 de febrero de 2010.


Contexto.

Jueces para la Democracia es una organización de jueces progresistas (id est, sesgo PSOE). El juez acusado de prevaricar es el conocido Baltasar Garzón. El caso contra él fue promovido por el sindicato (muy) derechista Manos Limpias. Se lo acusa de haber promovido la investigación de crímenes como torturas y desapariciones durante el franquismo a sabiendas de que era incompetente para tramitar dichos procesos. Contra todo pronóstico, la acusación ha sido admitida y Garzón corre riesgo de ser suspendido en su cargo.

En su última presentación Garzón ha propuesto como testigos a varios juristas y magistrados internacionales. Entre ellos, leemos: Carla del Ponte -antigua fiscal jefe del TPI de la antigua Yugoslavia- , Eugenio Raúl Zaffaroni -uno de los jueces que declaró inconstitucional la ley de punto final en Argentina-, Juan Guzmán Tapia -quien abrió causa contra los responsables de la dictadura chilena-, Hugo Relva- coordinador de Justicia de Amnistía Internacional-, Sergio García Ramírez -magistrado de la Corte Internacional- y Eduardo Freile -presidente de la Cámara Federal de Buenos Aires y autor de resoluciones contra las leyes de punto final en Argentina-.

En mi opinión, hay una guerra de celos contra Garzón, para la que el mismo Garzón se ha venido comprando algunos números. Pero la decisión que tomaba al investigar crímenes del franquismo no sólo era justa, sino además legalmente justificable. Y la decisión de abrirle proceso de remoción imputándole prevaricato es descabellada.


Cuatro o cinco lecturas.

Temas que me importa señalar de esta anécdota y de esta Declaración sobre la libertad de interpretación judicial, cosas que el episodio dispara:

1. Agua destilada no es agua bendita. La "despolitización" del sistema de sanciones y remoción de jueces no evita que las mismas corporaciones sean el conducto del disciplinamiento y el pase de facturas atrasadas, no tanto en la forma extrema del raje como en la forma atenuada del acoso moral implícito que surge de exponer a los funcionarios judiciales a procesos que debieron ser inadmitidos in limine. Tengamos en cuenta esto siempre que pensemos en las reformas a "nuestro" Consejo de la Magistratura. Y hablando de nosotros ...

2. En Europa no se consiguen. En Argentina hemos llegado a dar por sentada la posibilidad de enjuiciar crímenes de lesa humanidad cometidos desde el Estado. Ha sido una trabajosa construcción de todos que este sea, como se dijo alguna vez, el año de los juicios. El consenso en eso cubre hoy el 90 % del arco político y judicial (ey, incluso la derecha está de acuerdo, y por eso pide todavía más juicios: quiere la simetrización de las imputaciones, bajo la teoría de los dos demonios). Como sea, en este tema Argentina es precedente y referente ineludible.

3. Saber leyes no es saber derecho. A veces porque el margen de interpretación es muy amplio. Otras veces porque la ley es precisa pero constitucionalmente no podemos aplicarla sin un examen previo que involucra normas constitucionales superiores, ellas sí poco precisas. Los hechos también pueden tener complejas gamas de grises y superficies muy resbaladizas para asirlos. En cualquier caso, olvídense del criterio Montesquieu (el juez es la bestia inanimada, es la boca de las palabras de la ley), del criterio de John Roberts del juez como el árbitro que canta bolas y strikes en béisbol (tema que tratamos y refutamos en este post). El paradigma de la justicia ciega era fácil: sólo había que cerrar los ojos. Hoy la justicia tiene que tener una mirada de 360 grados, lo cual es más difícil.

4. Ojito. Decir que la tarea judicial es un espacio de creación es demasiado. Debemos ponerla en cuadro: una creación subordinada a formas procesales, a habilitaciones competenciales, a cargas argumentativas, a reglas de debido proceso, a instancias de diálogo interpoderes. Tan condicionada, en fin, que no es una tarea de creación, sino de reconocimiento. Estoy de acuerdo con el apoyo a Garzón en este caso, pero no suscribiría esa declaración, al menos no sin ciertas advertencias y salvedades.

5. A contrario sensu, la función judicial no es un happening de doctrina. El juez no puede decir el derecho de forma lírico-genital (id est, como se le canten las pelotas) hay condicionamientos y restricciones objetivas a las que debe someterse. No todos los intérpretes atrevidos tienen razón, no todas las interpretaciones progresivas son correctas por el mero hecho de ser innovadoras. Tal vez los jueces en realidad necesiten menos imaginación y más humildad, que no es siempre sumisión ni pasividad inercial.