PRM 2/2010: rectificamos sobre coparticipación, funciones de la justicia, tarea para el hogar

1. Binner no tendría razón, la Nación no perdería el juicio por la detracción del 15 % de la coparticipación. Nuestro último post arriesgaba un pronóstico muy favorable sobre la presentación de Santa Fe cuya audiencia ante la Corte se celebró el miércoles pasado. El comentarista Juan, a quien le agraadecemos, nos hizo notar una cláusula clave del Pacto Fiscal I que, luego de hablar del tiempo de vigencia, dice que "Las Provincias y la Nación se comprometen a seguir financiando mancomunadamente el Régimen Nacional de Previsión Social, por lo cual se asegurara el descuento del 15 % de la masa de impuestos coparticipables hasta tanto no exista un nuevo acuerdo de partes o una nueva Ley de Coparticipación Federal".

Está claro que no existe ni nuevo acuerdo de partes (en relación al específico 15 %) ni nueva ley de coparticipación. De modo que la Nación argüirá que mas allá de haberse vencido el plazo, el Pacto Fiscal, en ese aspecto puntual, tiene una cláusula ultraactiva que sigue gobernando hoy la cuestión, y que Santa Fe no denunció formalmente.

Nuestro pronóstico debe revocarse: la suerte del juicio de Binner es altamente eventual.

Dicho esto, es cierto que todos los convenios, aún los de derecho público, se celebran con una cláusula implícita de rebus sic stantibus (así permaneciendo las condiciones), y que las condiciones han variado estructuralmente mucho, sobre todo con la estatización del sistema previsional. Esto nos lleva a suponer que, aún no ganando el juicio Santa Fe, la Corte tiene material para experimentar algún tipo de alternativa "exhortativa" con matices "de equidad" (ver infra punto 3) todo en plan soft law y desde ya de muy difícil implementación.

Entiendo que como dije en aquel post, la única solución posible y de fondo es una nueva ley de coparticipación.


2. Tizón, Héctor. Héctor Tizón, novelista, juez del STJ Jujuy, en "Tierras de Frontera", epígrafe de Mario Wainfeld en su columna política de hoy, cuadro de honor.

"Comencé (la carrera) por el final: por la Filosofía del Derecho, no por el estudio de las leyes en sí. Así aprendí temprano que el destino de toda contienda de opiniones era otra opinión: la del juez."

3. Función de la Corte: Mediación de Alto Nivel.
En la misma nota, MW cita a un juez de la Corte Suprema, sin nombrarlo.

En voz baja, uno de sus integrantes deplora la profusión de medidas cautelares resonantes mientras resalta, por contraste, cómo procede ese tribunal en cuestiones de Estado. “En vez de producir efectos espectaculares que alteran la ecuación política, la Corte trata de ser una mediadora de nivel superior.” Habla, en especial, de los pleitos entre provincias y el Estado nacional que van directamente a la Corte (“competencia originaria”, en jerga).

¿Qué opinamos sobre esto?


4. Campillay, un invento argentino. A propósito de nada. Luego de una meditada reflexión, he llegado a la conclusión de que la doctrina según la cual admitimos el modo potencial para decir cualquier barbaridad de otro, y cn eso relevamos de responsabilidad al periodista y al medio, debería ser cambiada.


5. Lo cual nos remite a un tema: cómo se aplican los cambios de jurisprudencia. Cuando la legislación se reforma, los operadores están avisados del cambio de reglas de juego, que aparecen en el boletín oficial, rigen para lo futuro, podemos aplicarles todas las ficciones sobre que la ley se presume conocida.

Pero si cambia una jurisprudencia, hay un período de ventana donde, pongamos, el periodista escribió "El juez Petracchi estaría dándole como loco al porro" en el entendimiento de que el modo potencial lo deja a salvo de su responsabilidad (incluso su abogado le dio un dictamen citando varios fallos de la Corte Suprema), y luego viene el Juez Petracchi, cambia la jurisprudencia, y lo condena.

Para esto hay un alternativa un poco surrealista, que es que el juez Petracchi diga: "yo he decidido cambiar la jurisprudencia, pero como usted actuó sobre la base del criterio anterior, sepa que no lo voy a condenar, cosa que sí voy a hacer con los que hagan lo mismo después de firmado el fallo este que sienta la nueva regla".

Pero en general, los cambios de jurisprudencia no reconocen sutilezas de seguridad jurídica, se aplican de modo retroactivo y santas pascuas.


6. O´Donnell. Imperdible lectura de P12 de hoy: José Natanson hace un ABC de Guillermo O´Donnel y la concepción de las democracias delegativas, aquellas en los cuales los presidentes siguen viviendo constantemente de la crisis que les dio origen.


7. Tarea para el hogar. Vi este video por primera vez en un post de Elemaco, pero es un pequeño clásico de la web. Nos interesa porque buena parte de lo que hacemos en tribunales tiene que ver con pruebas de testigos, y si dos testigos coinciden que una persona hizo algo, esa persona está casi condenada.

En el video van a ver a varias personas pasarse una pelota. Algunas de estas personas llevan una camisa blanca, y los otros, negra. El ejercicio consiste en contar el número exacto de veces que se pasan la pelota las personas con la camisa blanca. El video debe ser visto sólo una vez.



Tiren sus respuestas en los comments. El que sepa la verdad del asunto, no la cuente. Muy luego damos la posta y hacemos alguna reflexión al pie.