Update de 2018: Un fallo exhortativo de la Cámara Nacional Electoral ha declarado inconstitucional la falta de actualización y exhorta al Congreso a ajustarse a la proporcionalidad del art. 45 CN. Lo ven acá.
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Rápido resumen ejecutivo de la cuestión. El número de 257 diputados no está "escrito" en la Constitución, por lo que potencialmente podría haber tantos como el Congreso quisiera que haya, pero el concepto es que haya una representación "proporcional" a la población.
Todo esto, claro está, sin entrar a considerar las muy sólidas objeciones contra la existencia del "piso" y las distorsiones que genera en una cámara que debería representar igualitariamente a la población (porque para representación igualitaria de provincias tenemos otra cámara que fue pensada para eso, el Senado).
Así las cosas podríamos resignarnos a simplemente mantener el criterio de asignación dado en 1983 y apretar F5 para recalcularlo con los datos del Censo 2010. Y aquí surgen diferencias que minimizan el problema de los "cinco de más", porque lo cierto es que a muchas jurisdicciones el Congreso les queda debiendo diputados.
El gran perjudicado es desde luego la provincia de Buenos Aires, que debería tener 100 representantes y quedó congelado en los 70 diputados de 1983, con lo que tiene hoy treinta de menos. Otras provincias también están afectadas por la falta de actualización: Córdoba con seis de menos , Santa Fe, Mendoza y Salta con cuatro de menos, todo ello calculado por Reynoso sobre lo que resultaría de aplicar el Censo de 2010.
Resaltamos: serían de menos no ya sobre la proporcionalidad estricta, sino sobre el ya maquillado sistema de la "Ley" Bignone que no se está cumpliendo en sus propios términos.
El problema, en fin, excede a los porteños y no tiene salida: no hay viabilidad avizorable ni para aumentar el número de diputados, ni para que las provincias y la CABA acepten votar por una ley en la que renuncian a los "pisos" que las favorecen, ni para una reforma constitucional que emprolije el asunto.
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Hace siete años escribíamos un post sobre la mala asignación de diputados, donde había un par de mapitas de Andy Tow que graficaban el asunto. Ahora volvemos sobre el tema porque estamos en semana (pos)electoral y porque en el big bang de la elección nos tropezamos con un paper del pôlitólogo Diego Reynoso que trata el asunto y que pueden ver en este link (fuertemente recomendado).
Fuente: fishfingers
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Rápido resumen ejecutivo de la cuestión. El número de 257 diputados no está "escrito" en la Constitución, por lo que potencialmente podría haber tantos como el Congreso quisiera que haya, pero el concepto es que haya una representación "proporcional" a la población.
Por qué doscientos cincuenta y siete
El número en cuestión viene de los 254 que fijó la llamada "Ley" Bignone (en realidad: Decreto Ley 22.847/83) para el primer Congreso post recuperación democrática en 1983, a los que después se le sumaron 3 diputados más cuando Tierra del Fuego se provincializó en 1991.
La cantidad de diputados fue definida entonces tomando el Censo de 1980 y asignado conforme a tres reglas que la determinan: una de ellas que busca la proporcionalidad (un diputado cada 161.000 habitantes o fracción mayor de 80.500) y dos reglas adicionales que la "compensan":
Por qué la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene cinco diputados de más
Esa última previsión del piso fue la que favoreció a dos jurisdicciones grandes que hubieran tenido en 1983 menos diputados de seguir el criterio de "proporcionalidad más tres". Le dio una mínima ventaja a Santa Fe (a la que le hubieran correspondido 18, pero quedó con 19 porque era lo que tenía según el Decreto Ley 19.862/72). Pero más aún a Capital, a quien le hubiera correspondido 21 y quedó beneficiada con los 25 que le dio la cláusula del "piso de 1973".
La Capital (hoy CABA) entonces quedó cristalizada en el tiempo, y su representación en el Congreso no refleja la realidad, sino que la emplaza con el peso proporcional que tenía en el Censo de 1970. Y desde entonces la ciudad de Buenos Aires incluso tuvo una disminución neta de la población, con lo que si hoy se hiciera el cociente el número de diputados que le correspondería sería de 20, de donde surge lo de cinco de más. Lo que es además sólo el primero de los problemas que tendremos en cuenta para llegar a la siguiente conclusión.
- sumarle a ese número tres diputados más para todos las provincias independientemente de su población, y
- establecer aparte un doble "piso" que asegura al menos cinco diputados para todos los distritos (lo que beneficia a los que las cuenta les da menos) y que asegura que ninguno tenga un número inferior al que tenía en el período democrático interrumpido en 1976 (cláusula del no regresividad representacional, o "nunca menos").
Por qué la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene cinco diputados de más
Esa última previsión del piso fue la que favoreció a dos jurisdicciones grandes que hubieran tenido en 1983 menos diputados de seguir el criterio de "proporcionalidad más tres". Le dio una mínima ventaja a Santa Fe (a la que le hubieran correspondido 18, pero quedó con 19 porque era lo que tenía según el Decreto Ley 19.862/72). Pero más aún a Capital, a quien le hubiera correspondido 21 y quedó beneficiada con los 25 que le dio la cláusula del "piso de 1973".
La Capital (hoy CABA) entonces quedó cristalizada en el tiempo, y su representación en el Congreso no refleja la realidad, sino que la emplaza con el peso proporcional que tenía en el Censo de 1970. Y desde entonces la ciudad de Buenos Aires incluso tuvo una disminución neta de la población, con lo que si hoy se hiciera el cociente el número de diputados que le correspondería sería de 20, de donde surge lo de cinco de más. Lo que es además sólo el primero de los problemas que tendremos en cuenta para llegar a la siguiente conclusión.
La Cámara de Diputados es inconstitucional
No la Cámara en sí, pero sí su número. Desde aquel 1983 han pasado tres censos. Y no es una opción para el Congreso "adecuar" periódicamente la composición. Según el art. 45 de la Constitución Nacional está obligado a hacerlo "después de la realización de cada censo", fijando la representación que corresponda con arreglo al mismo, "pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado".
De hecho, es necesario aumentarla si no quiere que el número de diputados se multiplique ad infinitum: tomando el criterio del DL 22847/83 el número actual de diputados sería de 324 (67 más que los 257 de hoy) y habría que ampliar el recinto grande del edificio sito en Callao y Rivadavia o achicar los pupitres.
Ahora bien: cuanto más aumentemos la base poblacional, más distancia habrá entre la proporcionalidad que presupone el modelo constitucional y la multiplicidad de "parches" que lo vienen trastornando por inercia. Si calculáramos el número sobre la base de tres para todos más un diputado cada 200.000 habitantes, le corresponderían a la CABA 17 diputados, con el resultante de que tendría 8 diputados de más.
De hecho, es necesario aumentarla si no quiere que el número de diputados se multiplique ad infinitum: tomando el criterio del DL 22847/83 el número actual de diputados sería de 324 (67 más que los 257 de hoy) y habría que ampliar el recinto grande del edificio sito en Callao y Rivadavia o achicar los pupitres.
Ahora bien: cuanto más aumentemos la base poblacional, más distancia habrá entre la proporcionalidad que presupone el modelo constitucional y la multiplicidad de "parches" que lo vienen trastornando por inercia. Si calculáramos el número sobre la base de tres para todos más un diputado cada 200.000 habitantes, le corresponderían a la CABA 17 diputados, con el resultante de que tendría 8 diputados de más.
Todo esto, claro está, sin entrar a considerar las muy sólidas objeciones contra la existencia del "piso" y las distorsiones que genera en una cámara que debería representar igualitariamente a la población (porque para representación igualitaria de provincias tenemos otra cámara que fue pensada para eso, el Senado).
Así las cosas podríamos resignarnos a simplemente mantener el criterio de asignación dado en 1983 y apretar F5 para recalcularlo con los datos del Censo 2010. Y aquí surgen diferencias que minimizan el problema de los "cinco de más", porque lo cierto es que a muchas jurisdicciones el Congreso les queda debiendo diputados.
El gran perjudicado es desde luego la provincia de Buenos Aires, que debería tener 100 representantes y quedó congelado en los 70 diputados de 1983, con lo que tiene hoy treinta de menos. Otras provincias también están afectadas por la falta de actualización: Córdoba con seis de menos , Santa Fe, Mendoza y Salta con cuatro de menos, todo ello calculado por Reynoso sobre lo que resultaría de aplicar el Censo de 2010.
Resaltamos: serían de menos no ya sobre la proporcionalidad estricta, sino sobre el ya maquillado sistema de la "Ley" Bignone que no se está cumpliendo en sus propios términos.
El problema, en fin, excede a los porteños y no tiene salida: no hay viabilidad avizorable ni para aumentar el número de diputados, ni para que las provincias y la CABA acepten votar por una ley en la que renuncian a los "pisos" que las favorecen, ni para una reforma constitucional que emprolije el asunto.