Hace un tiempo escuchaba a Lorenzetti decir que sería interesante ver un estudio de quién votaba con quien en la Corte (lo decía, creo, implicando que no había "bloques" en el tribunal). Vamos a ver si es así. A pedido del presidente de la Corte, acá está el gráfico definitivo de las correlaciones entre jueces.
Firmar lo mismo. Los números de concordancia se toman sobre la base de concordancia "estricta", definida como firmar el mismo voto. En este sentido estricto, no basta compartir el "lado", sea mayoría o minoría. Tenemos y podríamos dar los números de alineamientos "no estrictos" (se comparte "lado" sin compartir voto) pero los de concordancia "estricta" nos parecen más significativos para ponderar las correlaciones.
No existen ministros siameses ni alineamientos automáticos. El grado de concordancia más frecuente se da en las alineaciones Lorenzetti - Zaffaroni con 71,53 %, pero esto deja un margen amplísimo de "disenso" entre los dos (mírenlo a contrario sensu: en tres de cada diez casos salen votando distinto). Niveles muy similares arrojan las correlaciones Lorenzetti - Maqueda (70,51 %) y Zaffaroni-Maqueda (69,27 %),
Argibay: la singularidad. Claramente la que registra mayor insularidad en la conformación de la Corte. Su grado de concordancia va del mínimo absoluto entre dos jueces (el 25,33 % de alineación con Zaffaroni) a un máximo del 40,58 % (con Petracchi). Su "techo" de concordancia es bajo, porque en el 40,91 % de los casos en donde intervino lo hizo con voto individual (el porcentaje más alto).
No hay ningún juez "aislado". Aún con los números apuntados, Argibay queda del lado de las mayorías en el 66,23 % de los casos del estudio. Y el resto de sus colegas registra adhesión a mayorías en porcentajes superiores al 80 %.
Congenialidad (I): Zaffaroni y Maqueda. Zaffaroni registra el mayor porcentaje de votos donde conforma mayoría (92,55 %). Muy cerca, Maqueda registra el 92,31 %. Empate técnico.
Congenialidad (II): Maqueda y Lorenzetti. Son los únicos que tienen concordancias en 60 % o más con cuatro de sus seis colegas (con todos, menos con Argibay y con Petracchi). Promediando los registros de concordancia con sus colegas, registran los valores más altos: 59,18 % Lorenzetti y 58,34 % Maqueda. El presidente de la Corte es también el que menos porcentaje de votos en soledad registra (8,02%).
Fayt y Petracchi, según pasan los años. El grado de correlación que reportamos arriba cubre todas las interacciones de los ministros durante los casos en que ambos intervienen. En el caso de Petracchi y Fayt (en la Corte desde 1983) su larga interacción hace pertinente que miremos un desglose por décadas, que nos daría aproximadamente así: 47 % para la década 1984-1993, 42 % en 1994-2003 y 51 % en 2004-2013. Sobre una base anterior, hicimos acá un gráfico sobre eso
Notas técnicas y fuentes
Por qué usar un recorte de casos. Usar un "recorte" de casos relevantes es más indicativo de los patrones de alineamiento que una muestra "general" aleatoria, o que un relevamiento del "universo" de fallos. Postulamos esto considerando que el trabajar sobre un conjunto global (del enorme cúmulo de causas que el tribunal recibe) puede sugerir concordancias engañosas en tanto la Corte rechaza en forma formularia miles de casos por art. 280 (certiorari) o por incumplimiento de requisitos formales (Acordada 4/07) en los que los grados de disidencia son muy bajos, y cuando ocurren sólo implican "explicitación" de un rechazo que otros ministros resolvían por mera invocación de esa norma.
Sobre el recorte de casos. Utilizar un "recorte" de casos tiene un componente de subjetividad porque no hay un criterio objetivo de relevancia. Este componente de subjetividad empero está diluido por el tamaño de la muestra, que es de 500 casos para el total del período (y de 231 casos para el período 2003-2013, que, salvo en el caso de Fayt y Petracchi, importa a los fines del recorte de la actual composición). Es posible que haya unos 20 o 25 casos de mi muestra que alguien pueda considerar que no deben formar parte del top-500, y es probable que hayan quedado afuera del estudio otros tanto que alguien podría haber incluido. De todas formas estos números, distribuidos a lo largo de 30 años, no estarían afectando las tendencias que reportamos más que en algún porcentual menor, discreto, del orden del +/- 2 %. De hecho, el parcial que corrimos sobre 400 casos nos dio números muy similares a la muestra expandida de 500 que utilizamos ahora.
Datos de base. Si les interesa ver la planilla que armamos y usamos para estos estudios, donde están listados los 500 casos con sus votaciones, pueden descargarla aquí (xls). Está basada en un relevamiento que hicimos para definir los contenidos para un curso de jurisprudencia de la Corte Suprema. Los criterios de inclusión hibridan lo técnico y lo institucional y fueron vagamente definidos en la parte final de este post, y luego testeados con la bibliografía principal del derecho constitucional contemporáneo para evitar omisiones. En las ciencias jurídicas no existe conciencia de la importancia de proveer datos abiertos, ni de dar feedback y atribución en trabajos derivativos. Habiendo cumplido con lo primero, esperamos que si usan nuestra planilla citen la fuente o nos comenten que les pareció.
Cómputo de mayorías y minorías. En todos los casos y por sistema se ha seguido el criterio utilizado por la propia Corte en cada fallo. Las disidencias parciales se contabilizan como disidencias. Las concurrencias "por su voto" se contabilizan como mayorías.
Si no pueden ver el gráfico, click aquí.
Firmar lo mismo. Los números de concordancia se toman sobre la base de concordancia "estricta", definida como firmar el mismo voto. En este sentido estricto, no basta compartir el "lado", sea mayoría o minoría. Tenemos y podríamos dar los números de alineamientos "no estrictos" (se comparte "lado" sin compartir voto) pero los de concordancia "estricta" nos parecen más significativos para ponderar las correlaciones.
No existen ministros siameses ni alineamientos automáticos. El grado de concordancia más frecuente se da en las alineaciones Lorenzetti - Zaffaroni con 71,53 %, pero esto deja un margen amplísimo de "disenso" entre los dos (mírenlo a contrario sensu: en tres de cada diez casos salen votando distinto). Niveles muy similares arrojan las correlaciones Lorenzetti - Maqueda (70,51 %) y Zaffaroni-Maqueda (69,27 %),
Argibay: la singularidad. Claramente la que registra mayor insularidad en la conformación de la Corte. Su grado de concordancia va del mínimo absoluto entre dos jueces (el 25,33 % de alineación con Zaffaroni) a un máximo del 40,58 % (con Petracchi). Su "techo" de concordancia es bajo, porque en el 40,91 % de los casos en donde intervino lo hizo con voto individual (el porcentaje más alto).
No hay ningún juez "aislado". Aún con los números apuntados, Argibay queda del lado de las mayorías en el 66,23 % de los casos del estudio. Y el resto de sus colegas registra adhesión a mayorías en porcentajes superiores al 80 %.
Congenialidad (I): Zaffaroni y Maqueda. Zaffaroni registra el mayor porcentaje de votos donde conforma mayoría (92,55 %). Muy cerca, Maqueda registra el 92,31 %. Empate técnico.
Congenialidad (II): Maqueda y Lorenzetti. Son los únicos que tienen concordancias en 60 % o más con cuatro de sus seis colegas (con todos, menos con Argibay y con Petracchi). Promediando los registros de concordancia con sus colegas, registran los valores más altos: 59,18 % Lorenzetti y 58,34 % Maqueda. El presidente de la Corte es también el que menos porcentaje de votos en soledad registra (8,02%).
Fayt y Petracchi, según pasan los años. El grado de correlación que reportamos arriba cubre todas las interacciones de los ministros durante los casos en que ambos intervienen. En el caso de Petracchi y Fayt (en la Corte desde 1983) su larga interacción hace pertinente que miremos un desglose por décadas, que nos daría aproximadamente así: 47 % para la década 1984-1993, 42 % en 1994-2003 y 51 % en 2004-2013. Sobre una base anterior, hicimos acá un gráfico sobre eso
Notas técnicas y fuentes
Por qué usar un recorte de casos. Usar un "recorte" de casos relevantes es más indicativo de los patrones de alineamiento que una muestra "general" aleatoria, o que un relevamiento del "universo" de fallos. Postulamos esto considerando que el trabajar sobre un conjunto global (del enorme cúmulo de causas que el tribunal recibe) puede sugerir concordancias engañosas en tanto la Corte rechaza en forma formularia miles de casos por art. 280 (certiorari) o por incumplimiento de requisitos formales (Acordada 4/07) en los que los grados de disidencia son muy bajos, y cuando ocurren sólo implican "explicitación" de un rechazo que otros ministros resolvían por mera invocación de esa norma.
Sobre el recorte de casos. Utilizar un "recorte" de casos tiene un componente de subjetividad porque no hay un criterio objetivo de relevancia. Este componente de subjetividad empero está diluido por el tamaño de la muestra, que es de 500 casos para el total del período (y de 231 casos para el período 2003-2013, que, salvo en el caso de Fayt y Petracchi, importa a los fines del recorte de la actual composición). Es posible que haya unos 20 o 25 casos de mi muestra que alguien pueda considerar que no deben formar parte del top-500, y es probable que hayan quedado afuera del estudio otros tanto que alguien podría haber incluido. De todas formas estos números, distribuidos a lo largo de 30 años, no estarían afectando las tendencias que reportamos más que en algún porcentual menor, discreto, del orden del +/- 2 %. De hecho, el parcial que corrimos sobre 400 casos nos dio números muy similares a la muestra expandida de 500 que utilizamos ahora.
Datos de base. Si les interesa ver la planilla que armamos y usamos para estos estudios, donde están listados los 500 casos con sus votaciones, pueden descargarla aquí (xls). Está basada en un relevamiento que hicimos para definir los contenidos para un curso de jurisprudencia de la Corte Suprema. Los criterios de inclusión hibridan lo técnico y lo institucional y fueron vagamente definidos en la parte final de este post, y luego testeados con la bibliografía principal del derecho constitucional contemporáneo para evitar omisiones. En las ciencias jurídicas no existe conciencia de la importancia de proveer datos abiertos, ni de dar feedback y atribución en trabajos derivativos. Habiendo cumplido con lo primero, esperamos que si usan nuestra planilla citen la fuente o nos comenten que les pareció.
Cómputo de mayorías y minorías. En todos los casos y por sistema se ha seguido el criterio utilizado por la propia Corte en cada fallo. Las disidencias parciales se contabilizan como disidencias. Las concurrencias "por su voto" se contabilizan como mayorías.