Volvemos a actualizar un post que se refería al trienio 2012-2014, incluyendo las nuevas referencias que proporciona la Corte sobre sus estadísticas y que ahora nos permiten ver un quinquenio. Los datos originales pueden verse acá. Nobleza obliga, en aquel post nos quejábamos de que dieran datos en solo pdf y ahora se pueden descargar en excel.
Dado que se trata de una actualización, usaremos en parte texto ya escrito la vez anterior.
Tirando el achique
El siguiente gráfico es interactivo. Muestra en primer lugar "sentencias elaboradas", y otra solapa permite ver el total de "expedientes resueltos". Como verán, existe una gran diferencia en los números, así que forzosamente los gráficos usan escalas distintas.
Lo primero que vemos es una regresión en el flujo de salida de la Corte en las dos estadísticas.
Pongamos la lupa sobre "sentencias elabordas": el dato concierne a las sentencias desarrolladas con fundamentos de la propia Corte Suprema, excluyendo entonces remisiones a dictámentes, casos resueltos por mera remisión a otros que sí tuvieron desarrollo, y las "planchas" y fórmulas de desestimación.
Luego del top de 2014, de 271 sentencias, encontramos que el año pasado aparecen reportados 132 fallos. Ya es claro que estamos -y será para rato- en la zona en esa "Corte de 200 sentencias" que tantos pronosticaban, temían, anhelaban.
- Desde un punto de vista institucional, la implicancia de ello es que es factible que un tribunal pueda administrar este flujo de salida de sentencias como una Corte "única" (no dividida en salas, posibilidad que en su momento consideramos y rechazamos por tres motivos). Si las sentencias son muchísimas, entonces cabe asumir que las chances de supervisión o mirada firme de los firmantes son pocas y que se incrementa la práctica de la delegación. Como vemos, ahora son no son muchas, y una vocalía bien organizada puede hacer su trabajo sin más que una delegación instrumental.
- Desde el punto de vista del operador, esto implica que no es muy costoso mantenerse al día, porque de acuerdo a la rama que se ejerza no hay mucho más que 30 lecturas relevantes por año. Para demostrarlo hacemos una aproximación a ello a partir de las Secretarías (enseguida explicamos en detalle como funcionan las estructuras de la Corte) y llegamos al siguiente gráfico (como en el anterior, click en cada burbuja para ver datos del rubro).
- Agregamos que desde el punto de vista del "ecosistema jurídico" un exceso de derecho judicial puede generar polución normativa. Un argumento virtuoso plausible para el "achique" es que la Corte tiene que ser cauta en el volumen de derecho que produce. O dicho de otro modo: algo estaría muy mal en un sistema donde la Corte produjera mil sentencias "elaboradas" nuevas por año.
Mirada de Rayos X sobre las Secretarías de la Corte
Las planillas difundidas por la Corte incluyen un desglose por Secretarías. Para explicar qué significa este desglose hay que recordar que en el tribunal hay dos estructuras que operan en paralelo.
Una es la de las "secretarías" que formalmente tienen un número correlativo (con el que son identificadas en el organigrama, y también en el informe) pero esencialmente intervienen sólo en casos de ciertas materias predefinidas (con las que las identificaremos aquí).
La otra estructura es la de las "vocalías", funcionarios que trabajan específicamente para cada ministro, estudian el caso y elaboran borradores o hacen aportes a borradores que vienen de las secretarías o de otras vocalías.
Repasamos la distribución de materias en secretarías siguiendo un clásico texto de Sabelli ("Cómo trabaja la Corte", JA 2007-I-1163)
La Secretaría 1 organiza el trámite de los expedientes que presentan temáticas de derecho comercial, honorarios, patentes, marcas y cuestiones de competencia (excepto las penales). La Secretaría 2 tiene a su cargo los temas de Derecho Civil, Derecho Previsional, asuntos relacionados con la libertad de expresión y sanciones disciplinarias a abogados. La Secretaría 3, los de Derecho Penal, las cuestiones de competencia penal y los juicios originarios en materia penal. La Secretaría 4, los de Derecho Administrativo y cuestiones electorales. La Secretaría 6, los de Derecho Laboral y de derechos humanos. La Secretaría 7, los de Derecho Tributario, Derecho Bancario y Derecho Aduanero. La Secretaría 5 es un caso aparte, pues no tramita puntualmente expedientes sobre un determinado tema sino que interviene en los que tengan trascendencia institucional o sean de interés público a criterio del tribunal o de su presidente. (...). Finalmente, la Secretaría de Juicios Originarios lleva adelante el trámite de los procesos que la Constitución asigna directamente a la Corte (arts. 116 y 117 CN.), excepto los de materia penal.
El elenco de Secretarías ha crecido en 2015, con Secretarías supernumerarias, temáticas: la Secretaría de Juicios Ambientales (Acordada 8/15) y la Secretaría de Consumo (Acordada 36/15). Desde luego, su incidencia por ahora es incipiente comparada con la de sus hermanas mayores.
Aclaración importante; las secretarías no dictaminan formalmente (y por ello estos datos no deben verse como un proxy de su "productividad"), pero hacen un estudio preliminar del caso que a partir de su circulación interna es el insumo básico para las "vocalías" (esto es, para lo que cada juez resuelve).
Podemos ver así la evolución, con desglose por secretaría, considerando únicamente las sentencias "con fundamentos propios" de la Corte.
Corte Suprema 2012-2016 - Desglose por Secretarías de sentencias elaboradas
Click para ver este gráfico aparte
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En algunas materias, en algunos años, los números son sorprendentemente bajos, lo que da pie para que nos preguntemos si en lugar del discurso de una corte "sobrepasada", sino de una corte con "capacidad ociosa".
Esta es la misma evolución, ahora sobre la base de "expedientes resueltos".
Corte Suprema 2012-2016 - Desglose por Secretaría de expedientes resueltos
Click para ver este gráfico aparte
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Observamos que en ambos gráficos (expedientes y sentencias) el sube y baja se explica sustancialmente por la Secretaría más populosa en expedientes, que es la "Civil y Previsional". Y es probable que lo que hay sea un stock en baja, específicamente, de casos previsionales.
Como nota adicional, el gráfico sirve también para ver qué acotada es la influencia cuantitativa de lo penal (lo que más se visibiliza, hiperbólicamente, en medios) sobre toda la estructura de casos del sistema judicial.