Rosatti mirando la ventana

(mira LA ventana, no POR la ventana) 

Hemos leído el último libro de Rosatti, La Palabra de la Corte Suprema (Siglo XXI, 2022, 238 paginas). Aquí, indice y fragmento. Hijo de una tesis doctoral en historia que el juez de la Corte defendió el año pasado (en UCA), aparece condensado en este volumen que se describe bien en el subtítulo: Como funciona, piensa y habla (y algunas ideas para debatir su futuro)

Por lo que sabíamos de oídas acerca de eso, se suponía que era una tesis sobre “como la Corte usa el lenguaje”, pero la verdad es que es algo distinto que eso. 

Propone analizar si ciertos aspectos formales, rituales y temporales del “modo de decir” de la corte en sus sentencias condicionan en algún sentido “lo que se dice”. 


Tomando prestadas palabras ajenas, en este libro no habrá de usarse el lenguaje como una ventana destinada “a mirar cosas presumiblemente más importantes que ver”, sino que la propia ventana será el objeto de estudio, asumiendo que en ciertos casos ella es más interesante que lo que se puede observar a su través (Conley y O´Barr).

punto de vista desde la ventana de rosatti 


Es una tesis real, con trabajo de archivo, entrevistas, tabulacion de datos, categorías, descripción del mundo, y del contexto de la Corte (algunas cosas ya las sabemos, pero recordemos que no fue escrito para el “mundo derecho”). 

Con buena “prosa”, no es una tesis endogámica, escrita para adentro de la disciplina, sino algo “apto para consumo humano” (en lo cual se nota la mano curaduril del -me consta- fantástico equipo de Siglo XXI para transformar tesis en libros de ensayo). 

La metodología es “muestral”: fija criterios de relevancia de “repercusión” y de “desarrollo” (corregidos para compensar “representativamente” a todos los años) con lo cual trabaja sobre 386 sentencias dictadas entre 1973 y 2002 (en cada año hay entre 11 y 19 en sus muestras), divididas en cinco etapas puntuadas por ciclos presidenciales (del PEN). 

El libro nos cuenta la cocina de los fallos, textos que son en realidad un mosaico colaborativo y no un producto escrito en primera persona por el que lo firma. Aparecen anécdotas institucionales y rarezas relevantes (en cuanto al “estilo” nos enteramos que las famosas “reglas de Belluscio” fueron propuestas por su autor para ser aprobadas por acordada, pero sus colegas no quisieron hacerlo). 

No es solo lo que dice, sino cómo lo dice: de un modo larguero o telegramado, de modo barroco o directo, hay amplias opciones. Algunas se pueden cuantificar. 



El gráfico que de arriba nos muestra fluctuaciones irregulares en el tiempo, pero entrecerrando los ojos se puede ver una tendencia: en 30 años las sentencias empiezan a tener promedios que duplican los del principio de la serie. Focalicen nuestra intervención, mirando la zona roja en comparación con la zona azul, y verán fallos tendencialmente más largos en oraciones, en párrafos, en considerandos. Ojo que hay causa concurrente: coincide con la época en que empezamos a usar computadoras para escribir (Rosatti historia las adquisiciones de computadoras, que inicialmente las usaron, obvio, los contadores). 

Hay cosas muy "esperables", y siempre es ver bueno como las intuiciones se ven respaldadas con datos. 

  • Declarar inconstitucionalidad es ultima ratio, así que tenés que explicar bien y largo lo que estás haciendo. En línea con esta intuición, la muestra de Rosatti arroja que las sentencias que declararon inconstitucionalidades tienen el doble de palabras promedio que las que no lo hicieron (6094 contra 3463)
  • Cambiar de criterio es algo que requiere una "carga extra" de justificación (creo que esto lo decía incluso Alexy). Misma comprobación empírica: más del doble de palabras en los casos en que la Corte modificó un criterio jurisprudencial sostenido anteriormente (7627 contra 3372).

No es solo lo que dice, sino quién lo dice: puede ser “esta Corte”, o alguien que finge serlo, pero está firmando un voto que sabe minoritario, disidente. Me interesó esa distinción entre disidencias solipsistas (que no se ocupan de refutar el voto de mayoría) y refutacionales (que lo discuten abiertamente). Constatamos que no hemos tenido disidencias refutacionales "frontales" en nuestros fallos (aunque sí alguna oblicua, un ejemplo raro es Lorenzetti en “Colegio de Abogados”, en disidencia parcial sobre los efectos del fallo). 

Esto mismo se aplica a esa forma disfrazada de la disidencia, que es la concurrencia (llego a la misma conclusión, por otros motivos, o manteniendo todos esos motivos menos uno, o por esos motivos más este otro). 

No es solo lo que dice, sino a quién se lo dice: vamos a ver como a veces, rompiendo la cuarta pared, ya no le habla a las partes sino al “espectador”, el aludido necesario en casos institucionales. 

No es solo lo que dice, sino lo que NO dice: el no decir como forma de decir: omisiones, vaguedades e implicitudes. Acá la primera parada es el resolver sin resolver del art. 280, o esos fallos donde se elude el tema y se le contesta al recurso. 

No es solo lo que dice, sino cuándo lo dice: Rosatti hace un pequeño muestrario de sentencias “cortas” y “largas”. Señala y explora esa especie de “obsolescencia planificada” (el termino es mio) que consiste en dejar que la acción macere hasta que sea abstracta y ya no haya nada para decidir. Nos toca especular que estos rebusques le han servido a la Corte para evitar conflicto con el resto de los poderes (diciendo de menos), o para decir cosas más allá del caso (diciendo de mas). 

Decidir es también decidir el decir. Es factible recurrir a este juego de palabras calamaresco, de los que alguna vez ha usado Rosatti en sentencias. El libro se desmarca de lo que solemos mirar, que es el paisaje, ignorando “la ventana” y la forma en que esta nos recorta, nos polariza, nos recorta un mundo. 

El medio es el mensaje: la voz que tiene “la Corte” (las mil voces que en verdad tiene) requieren -como este libro intenta sistematizar y revisar evolutivamente- un analisis propio que trascienda el obvio análisis contenidista … y que nos ayudan a pensar como esos registros de locución condicionan lo que se puede decir, lo que se pudo decir y no se dijo, y lo que aparece dicho queriendo decir además otra cosa. 

En sus burocracias, en sus capas geológicas de ravioles del organigrama, en su historial comunicativo, la Corte ha dejado señas que Rosatti busca intenta auscultar, y a las que vale la pena a) seguirle el rastro en las partes no cubiertas por la tesis (y por el libro), b) “leer” su significado y atribuirles -como Rosatti hace, a veces asertivamente y otras de modo especulativo- un sentido o función.

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(una versión ligeramente distinta de esta reseña aparece en la última edición de obiter dicta, newsletter al que los invito a subscribirse acá)