40x40 | 1995 - Delitos de esa laya

Advertencia: Para estas líneas es muy importante contar el mundo en que suceden las cosas. Si vienen por el fallo del año, ya saben, scroll y está al final.

Las artes. El 9 de febrero se produce el evento más esperado: los Rolling Stones se encuentran con su destino sudamericano, más específicamente argentino. 


Es el año en que comienzan a emitirse Chiquititas Caiga Quien Caiga, el programa que capturaba el espíritu tongue-in-cheek de la época y que envejeció tan mal.

Es el año de Pulp Fiction (Tarantino), de El perfecto asesino (Besson). También de Antes del Amanecer (Linklater) esa cosa cursi que tanto les gusta que parece pensada por Corín Tellado. 

Comienza la era Pixar: se estrena Toy Story.

La mejor película del año es El día de la Bestia (De la Iglesia). 

En Japón se emite el primer capítulo de Evangelion.

En música es el fin de la tortura de Los héroes del silencio, pero será también el comienzo de la tortura del Bunbury solista. En compensación, el Grupo Sombras, con un nuevo cantante, saca La Ventanita.

El mundo. 

En el año de La Ventanita también sale el Windows 95, y comienza a hacerse de noche para los que éramos nostálgicos del D.O..S. 

En Perú reeligen a Fujimori. En Irak, a Saddam Hussein. Acá también reelegiremos.

Todo el año aparece lastrado por el "Efecto Tequila", las secuelas de la devaluación mexicana de fines de 1994. Las economías boquean y sufren.

El 15 de diciembre entra en vigor el Protocolo de Ouro Preto y eso significa que el Mercosur termina su etapa embrionaria. Es in hermoso bebé. Su niñez será sufrida y dura hasta la actualidad.

La Pelota. 

Muere el metro patrón del automovilismo deportivo: Juan Manuel Fangio. En el Clausura 1995, Gimnasia casi sale campeón y hubiera sido hermoso. La selección de Passarella tiene su primer gran desafío internacional en la Copa América de Uruguay, donde Brasil nos elimina por penales luego de habernos empatado con una mano flagrante de Tulio. Faltaban años para que inventaran el VAR.

Pero un suceso secundario revolucionará el mundo del fútbol para los años venideros y será jurídico. En diciembre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falla a favor de Jean Marc Bosman. En lo sucesivo, cualquier comunitario será equiparado a un nacional a los efectos del "cupo" extranjero permitido en los equipos de fútbol. Esto incluye también a futbolistas sudamericanos que puedan tener nacionalidad comunitaria. Antes de "Bosman" había que ser Kempes. Maradona o Passarella para jugar en Europa. Después de Bosman, será moneda corriente la migración, un paso casi obligado y que se podría dar desde etapas casi juveniles.

El 13 de diciembre Mauricio Macri es electo presidente de Boca, el mismo día en que se jugaba un partido donde Racing le ganaba ¡6-4! a los xeneizes.

El país

Conmoción en los idus de marzo: en un accidente de helicóptero (con teorías conspirativas incluidas) muere Carlos Menem Junior.

En ese punto yo estaba cursando constitucional: cátedra de Lazzarini - Ziulu. En retrospectiva juzgo que Adolfo Ziulu -en ese momento adjunto- fue un muy buen profesor, que siempre se esmeraba por "neutralizar" opiniones contundentes, y era un gran "simplificador", que bajaba todo a tierra mientras yo quería seguir volando. Con el tiempo sería el titular del mítico Juzgado Federal 1 de La Plata (el que debe organizar las elecciones en la Provincia de Buenos Aires). José Luis Lazzarini era el titular, algo disperso y divagante, no parecía especialmente dedicado a transmitir información sobre los vericuetos de la ciencia constitucional (que seguramente tenía), pero afable, nos convidó con una muy didáctica visita al Congreso de la Nación (había sido diputado). En qué hemos convertido esto, a cuento de qué viene esta literatura del yo.

La fecha política más importante del año es la del 14 de mayo. La fórmula Menem - Ruckauf gana la presidencial con el 50% de los votos frente al 29% del Frepaso (Bordón - Chacho Álvarez) y el 17% de la formula de la UCR (Massaccessi- Hernández).

Lastrada por el impacto del efecto Tequila, la convertibilidad resiste a expensas de una desocupación rampante, que llegará al 18% en el mismo mes en que Menem fue reelecto.

Si corremos la cámara para ese lado, veremos una curiosidad: Horacio Rosatti asume este año la Intendencia de Santa Fe.

El 3 de noviembre ocurre el episodio de las explosiones en la Fábrica Militar de Río Tercero. Hubo siete muertos, más de 300 heridos, una ciudad traumatizada, destruida a la mitad y cubierta de escombros. Después de años de melonear la hipótesis del "accidente", recién  en 2014 hubo resolución judicial, con cuatro condenados por provocar la explosión en forma intencional y una pericia que analizando el inventario de la fábrica detectó "un importante faltante de explosivos, proyectiles y municiones". Esa decisión judicial recupera  y asume como probado lo que fue por mucho tiempo otra teoría conspirativa: que la explosión tuvo como fin encubrir el faltante que se derivaba del contrabando de armas a Ecuador y Croacia

Un narrador omnisciente nos dirá que en alguna de sus encarnaciones judiciales ese escándalo (la madre del encubrimiento) llegó a motivar la prisión preventiva (cumplida en arresto domiciliario) de Carlos Menem en 2001. Que en el proceso principal hubo absueltos en primera instancia en 2011 y luego condenados en la segunda en 2013, que al no cumplir así el doble conforme la Corte Suprema en 2017 ordenó que su condena fuera confirmada en un fallo nuevo, y que todo quedó extinguido en 2018 por incumplimiento del derecho de los acusados a ser juzgados en un plazo razonable.

Hablando de Menem, ese mismo noviembre Noticias publica estas dos tapas, que serían importantes mucho más adelante. Pero no nos adelantemos a los acontecimientos.




La Corte

Hacia el final del año habrá un cambio. Se termina el partido para Ricardo Levene (h), a quien Menem le acepta la renuncia el 27 de noviembre. Ocupará su lugar Adolfo Vázquez (56), por entonces camarista civil, que es propuesto por el Ejecutivo el 28 de noviembre y asumirá el 7 de diciembre. Así eran los tiempos de designaciones express. Como la inminente renuncia de Levene era tema conocido, Menem había estado sondeando en la previa a diversos juristas de perfil más "independiente", pero al final fue a lo seguro: nombró a un amigo suyo

Será el último juez del siglo XX, que empezó con Nicanor González del Solar (este, no el relator de deportes) y terminará con él.

El fallo del año

Los hechos de este caso aparecen prolijamente resumidos en estos dos párrafos del dictamen de Agüero Iturbe, que propiciaba conceder la extradición requerida por la República de Italia:

Erich Priebke habría participado durante la Segunda Guerra Mundial, según el contenido de la presentación efectuada por el Estado requirente, de la ocupación militar del norte y centro del territorio italiano como integrante del ejército alemán. En ese tiempo, surgieron organizaciones clandestinas de civiles y militares italianos destinadas a repeler y combatir a las fuerzas de ocupación a través de sabotajes y ataques sorpresivos. De tal forma, día 23 de marzo de 1944, en la calla Rasella, uno de estos grupos de partisanos hizo explotar una bomba mientras circulaba por allí una compañía de la policía alemana, ocasionando la muerte de 33 militares. 

El jefe de la policía militar alemana, más conocida como las "S.S.", el teniente coronel Herbert Kappler dispuso detenciones y recibió directivas de tomar represalias contra los italianos, ordenando el fusilamiento de 10 personas por cada militar alemán muerto en el ataque. Las víctimas fueron elegidas entre condenados a prisión por las fuerzas de ocupación, detenidos en espera para ser trasladados a campos de concentración o en razón de su origen racial. La ejecución por fusilamiento se llevó a cabo en las Fosas Ardeatinas, donde además de los 330 ciudadanos italianos así "elegidos", fueron asesinados, bajo el mínimo procedimiento -atados, de rodillas y de disparos a quemarropa- 5 más que lo ordenado por Kappler, en espantoso "error de contabilidad", inequívoca muestra de total desprecio por la vida humana. El capitán Erich Priebke habría participado en la selección de las víctimas, en llevar las listas durante el transcurso de las ejecuciones y habría quitado la vida a dos personas en esa masacre.

Saquémonos la careta del condicional habría al que obliga la prosa judicial, y digamos que todo eso efectivamente ocurrió.

Priebke, en efecto, estaba en Argentina, en donde vivía desde el final de la segunda guerra mundial como un vecino conocido y respetado de la ciudad de Bariloche. Un libro de investigación (El pintor de la Suiza Argentina, de Esteban Buch) pató los cabos y la puntada final la emitió al mundo un equipo de la cadena ABC que en 1994 encuentra y entrevista a Erich Priebke en la calle. 




En este enlace ven una breve entrevista a Pedro Bianchi, el abogado de Priebke (que antes había defendido a Massera). Es de la película  documental "Pacto de silencio" (Carlos Echeverría, 2006) que allí se puede ver completa, y que cuenta como Priebke se había asimilado como pilar de la sociedad barilochense.

De allí surgio el recorrido judicial y el pedido de extradición, que había sido concedido en primera instancia, y denegado por prescripción en la segunda, y que la Corte debía resolver en recurso extraordinario, con los ojos de Argentina y del mundo puestos en la sentencia.




El fallo se firma el 2 de noviembre y sale 6-3. Clarín nos informa extrañamente que fue decidido en 20 minutos, pero eso es lo que debe haber durado el acuerdo en el que se limitaron a firmar los votos que ya traían preparados, como es usual. 

Empecemos al revés, con las disidencias de Belluscio y Levene, que denegaban la extradición.

  • No existiendo una norma que determine una pena para los crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad, más allá de los códigos penales y de justicia militar, la prescripción de la acción penal debe analizarse en base a las penas allí previstas.
  • El indiscutible carácter aberrante de los delitos imputados al requerido de extradición no puede servir de excusa para el apartamiento del orden jurídico vigente.
También disiente Petracchi, que señala que no se daba el requisito de la "doble incriminación" en país requirente y requerido. Según su voto "no se puede llenar el vacío de la ausencia de pena en la legislación interna para los crímenes de guerra y delitos contra la humanidad con una remisión a la legislación penal ordinaria, combinando la pena de ésta con un tipo de derecho de gentes" (...) "Para el derecho argentino puede y debe sostenerse que conductas configurativas de crímenes de guerra son contrarias a derecho, pero no son autónomamente punibles".

Pero esa esa disociación era un sofisma, y la mayoría de la Corte dio un voto correcto. En esta postura hay dos explicaciones largas (una de Nazareno y Moliné, otra de Bossert) y una corta (que es la de López, Boggiano y Fayt). Prescindo en este espacio de las explicaciones largas (¡de 77 y 93 considerandos!) y creo que vale la pena transcribir, casi en su totalidad, la contundente y potente versión corta.

2°) Que el hecho de haber dado muerte a setenta y cinco judíos no prisioneros de guerra, ni absueltos, condenados o a disposición del tribunal militar alemán, ni a disposición de la jefatura de policía alemana, de entre los trescientos treinta y cinco muertos en las particulares circunstancias del caso, configura prima facie delito de genocidio. Ello sin mengua, de otras posibles calificaciones del hecho que quedarían subsumidas en la de genocidio. 

3°) Que, frente a la índole de tal calificación, resulta obvio que el país requirente haya procedido a solicitar la extradición sin perjuicio del juzgamiento definitivo incluso sobre la naturaleza del delito por los tribunales del lugar en donde se ha cometido (arts. 75, inc. 22, y 18 de la Constitución Nacional y arts. II, III, V, VI y VII de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio). 

4°) Que la calificación de los delitos contra la humanidad no depende de la voluntad de los Estados requirente o requerido en el proceso de extradición sino de los principios del ius cogens del Derecho Internacional. 

5°) Que, en tales condiciones, no hay prescripción de los delitos de esa laya y corresponde hacer lugar sin más a la extradición solicitada.


Interpretación posible: acá un poco nos salvó la mayoría automática, tan vituperada. 

Un fallo denegatorio de la extradición no solo hubiera constituido una injusticia material, no solo un error técnico de lesa ciencia jurídica, sino que iba a terminar de consolidar la turbia reputación de Argentina como ratonera receptiva y complaciente de jerarcas del régimen nazi.

La sega siguió en Italia, también con vaivenes. En 1996 un tribunal militar cerró la causa atendiendo al planteo de prescripción, pero el Tribunal Supremo anuló la sentencia. Finalmente se hizo el juicio a Priebke y en marzo de 1998 fue condenado a perpetua, aunque beneficiado por arresto domiciliario.

Priebke murió en su casa romana a los 100 años de edad en 2013. En su testamento, deja dicho: "nunca se encontraron cámaras de gas en los campos de concentración, salvo una de ellas construida por los norteamericanos en el campo de Dachau"

A fines de 1995 la Corte Argentina no lo sabría, y en ese momento nadie podría anticiparlo, pero los temas "de lesa" volverían a aparecer una y otra vez en su bandeja de casos. El pasado no queda soldado. Nunca más.