El mundo.
Tenemos presidentA en Chile: Michelle Bachelet gana la segunda vuelta. Luego se muere Pinochet.
Muchos años después Ortega vuelve a la presidencia de Nicaragua. Uribe reelige en Colombia y Lula en Brasil. En Ecuador gana Rafael Correa. Algunos vuelven, otros siguen, otros tienen su primera vez. El que se va es Vicente Fox en México, quien pasa el mando a Felipe Calderón, cerrando un ciclo de altísima densidad electoral en nuestramérica.
Uno de los libros más vendidos y leídos del año en EE.UU. será escrito por un joven senador por Illinois, y lleva por título The Audacity of Hope.
@jack y otros amigos fundan twitter, el original de 140 caracteres, cancha pequeña en donde hicimos las divisiones inferiores de la síntesis y la esgrima verbal. Nadie lo usaba en ese momento, en donde todos estábamos poniéndonos "un blog en blogger" (como este mismo, querido lector).
El 9 de octubre, Google compra YouTube (no siempre fue de ellos!) por 1650 millones de dólares. En ese momento la banda ancha era incipiente, y parecía que YouTube y el consumo de videos podía complementar bien el reinado de la TV por cable sin por supuesto amenazarlo.
Las artes
Cerati: Ahí vamos. Babasónicos: Mucho. Taylor Swift: Taylor Swift.
En todas las listas de peliculas figurará arriba Los Inflitrados de Scorsese, pero la mejor del año, la que más capas y giros tiene, la que es perfección absoluta en guión, será El diablo viste a la moda, y muchos años después se seguirá discutiendo en tuiter quién era allí el verdadero villano.
Es el mundial del equipo de José. Pasarán años y a pesar de haber sido un gol de cuartos contra un seleccionado muy ganable muchos dirán que este es el gol que más gritaron en su vida, por el éxtasis de la anticipación, por la forma en que dibuja en el aire esa eliptica teledirigida. Arco dijo Bilardo.
Después nos eliminaron, una picardía porque estábamos arriba y en control del partido, ese cambio de Román se vio feo con el diario del lunes, se sabe que nunca hay que dar a un equipo alemán por muerto, pero fui muy feliz esa tarde contra México, el último partido de mundial que miraría con Papá.
Argentina
En enero sucede el bastante genial y bastante romantizado robo al Banco Río de Acassuso, aunque no le quitaremos mérito alguno. La película (la de ficción) quedó muy bien.
Cromañon llega a la legislatura cabana en formato de juicio político al entonces Jefe de Gobierno, Anibal Ibarra. En marzo será destituido: se necesitaban dos tercios para hacerlo, y justo 10 de los 15 legisladores que componían por entonces la sala acusadora votarán por hacerlo. Lo sucederá su vice, Jorge Telerman, quien completará su mandato.
Hay dos hitos legislativos que buscan saldar lo que la Constitución dejó abierto, y que tendrán cuestionamientos desde el kilómetro cero y en los años por venir.
- en febrero se promulga la ley 26.080, que reduce el Consejo de la Magistratura a trece miembros.
- en julio se promulga la ley 26.122 que regula el trámite de los Decretos de Necesidad y Urgencia, delegados y afines. El problema principal es que exige que AMBAS Cámaras rechacen el DNU para dejarlo sin efecto, tema que fue explicado en una nota escrita en 2010 por el ex-Corte Gustavo Bossert.
Con la primavera llega una incipiente ola reeleccionista que se manca en la primera parada. En Misiones el gobernador Rovira convoca a una constituyente para permitir su reelección. El camino se supone despejado pero la oposición se unifica y forma un frente encabezado por el obispo Piña, que en octubre gana una elección "nacionalizada" por el apoyo presidencial a Rovira, y obtendrá 20 de los 35 convencionales, suficientes para cancelar el proyecto. Todos los intentos de reelección en curso en otras provincias son archivados o puestos en cuestión, incluyendo el del gobernador de Buenos Aires Felipe Solá. Y, tal vez, el del propio presidente. Hubo ahí un efecto mariposa.
Mientras tanto han comenzado las operaciones de la planta papelera de Botnia, lo que causa preocupación por el impacto ambiental sobre el Río Uruguay. Luego de manifestaciones genéricas, y la más específica de Evangelina Carrozzo patrocinada por Greenpeace ante líderes mundiales, comienza el bloqueo en el puente internacional de Gualeguaychu.
En todo caso, esto demuestra un signo de los tiempos: el eje ambiental cotizaba muy alto en el año en que la Corte se ocupó de otro río, o más precisamente, de un Riachuelo.
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La Corte: oficinas e integración
La estructura interna de la Corte marca cambios de época y de agenda.
Un hito importante es la Creación del Centro de Información Judicial, en una acordada de mayo de 2006.
Y a fin de este año se creó la Oficina de Violencia Doméstica. En la Acordada 39/2006, hay un disidente, Carlos Fayt, que explica que no se puede crear una oficina para cada problema:
pretender justificar el apartamiento a la competencia y jurisdicción atribuida a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por la Constitución Nacional, con la invocación de “afianzar la justicia” que menciona el preámbulo entre sus fines, pues la Corte Suprema debería asumir entonces, como funciones propias e inmediatas, la de remediar todas las cuestiones sociales que afectan a la sociedad argentina, como la inseguridad, la miseria, el desempleo, la exclusión social, la proliferación del uso de las drogas en especial del paco, la prostitución infantil, la mendicidad, la inseguridad laboral, el trabajo en negro, la contaminación ambiental, el suicidio de los adolescentes, el asistencialismo como forma de eternizar la miseria, entre otros de los muchos males sociales que afectan al país.
En la Acordada 40/2006 la Corte aprueba el reglamento de la OVD, fijando que dependería de presidencia.
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El segundo cambio más importante ocurre en noviembre, cuando se renueva presidencia. Petracchi, el presidente saliente, propone a Zaffaroni, pero este declina y sugiere a Ricardo Lorenzetti, que era a la vez el junior y el último en llegar al tribunal. El resto es historia.
En la nota en que se cuenta de la nueva presidencia (que será efectiva a partir de enero de 2007) Irina Hauser reporte una inquietud en la Corte:
Lorenzetti y Highton se mostraron molestos, una vez más, por la indefinición del Gobierno sobre las dos vacantes que quedan en la Corte. “Todos los ministros ya hemos manifestados esta preocupación. Nos cuesta resolver algunas causas (por falta de mayoría). Pero es otro de los temas que la Corte no tiene posibilidad de resolver”,
En diciembre será entonces el cambio más importante, que fue un no cambio: el Congreso legisla la reducción de jueces de la Corte al "histórico" número cinco miembros (que será progresiva por mantenimiento de los cargos existentes, por entonces siete jueces). Será la ley 26.183, pero pasarán muchos años hasta que efectivamente sean cinco. La Corte queda congelada, y a partir de ahí no entrará más nadie hasta que por lo menos tres se hayan ido.
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Fallos de la Corte
Podríamos mencionar un caso "estructural" que tiene su acta de nacimiento este año. Es la causa de Beatriz Mendoza y otros 16 vecinos de un barrio próximo al Riachuelo que reclamaban por la contaminación del curso de agua y sus efectos personales, patrimoniales, y ambientales. Aquí la Corte toma su primera decisión (de muchas que vendrán en el mismo expediente) y hace un encuadre "policéntrico" para dar tutela al bien colectivo del ambiente: exigirá informes a las empresas involucradas en la contaminación, al Estado Nacional, de Provincia de Buenos Aires y de Nación, y llevará todo a una audiencia pública.
Esa historia también continuará. Y "Verbitsky" ya no estará solo como causa "estructural" de la Corte, y en los próximos años esta causa "Mendoza" va a tener un cuidado lugar en la agenda judicial y mediática.
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También aparece un "Capitulo 1" que solo mencionaremos de pasada. Es la causa "Badaro", que puede leerse como un anti Chocobar, dándole operatividad y espesor a la movilidad jubilatoria. Dirá la Corte:
El art. 14 bis de la Constitución Nacional garantiza la movilidad de las jubilaciones dejando librada a la prudencia legislativa la determinación del método, sin embargo, la reglamentación debe ser razonable y no puede desconocer el derecho de los beneficiarios a una subsistencia decorosa y acorde con la posición que tuvieron durante su vida laboral.
El paìs estaba en una economìa efervescente ("superàvits gemelos") y ya no cuadraban muy bien los argumentos nohayplatistas para denegar movilidad. Porque habìa habido aumentos, pero de emergencia y para jubilaciones mìnimas, lo que no era estrictamente movilidad:
Los decretos que tomaron en consideración la grave crisis económica y social y tienen el declarado propósito de atender en primer lugar las necesidades más urgentes, asegurando a sus destinatarios los recursos indispensables para su subsistencia en modo alguno podrían llevar a convalidar una postergación indefinida de aquellos que no se encuentran en el extremo inferior de la escala de haberes, ni a admitir graves deterioros de su jubilación ya que la amplitud de facultades que se han reconocido para organizar el sistema debe entenderse condicionada a que se ejerciten dentro de los límites razonables, o sea, de modo que no se hieran de manera sustancial los derechos emergentes de la seguridad social.
Entonces, Badaro tiene razón, pero no sabemos "cuánto" es lo que se le debe. La Corte tampoco lo dirá. Dirá que "corresponde llevar a conocimiento de las autoridades que tienen asignadas las atribuciones para efectuar las correcciones necesarias que la omisión de disponer un ajuste por movilidad en el beneficio del actor ha llevado a privarlo de un derecho conferido por la Ley Fundamental".
Ese "llevar a conocimiento" implica que la Corte se detiene y hace una pausa dramática, y abre un pase a la política, para buscar una solución dialógica. Asume que la cuantía, el método, la curva de movilidad, es una cuestión de alta política, con implicancias financieras macro macro, que excede la determinación de este fallo singular, su experticia y su lugar en la división de poderes.
No se declara la inconstitucionalidad, y así termina el fallo:
Comunicar al Poder Ejecutivo Nacional y al Congreso de la Nación el contenido de esta sentencia a fin de que, en un plazo razonable, adopten las medidas a las que se alude en los considerandos.
Como dijimos antes, la existencia de un "Badaro I" hace presuponer la existencia de un "Badaro II".
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Dicho esto, para ir poniendonos en tema del fallo del año, es necesario un previously on.
Recordemos como fue la sinuosa suerte judicial del corralito, indicando fallo y decisión de la Corte:
- Kiper (2001). No se pueden devolver depósitos por amparo.
- Smith (2002). Si se pueden devolver depósitos por amparo.
- San Luis (2003). Es inconstitucional la pesificación de depósitos.
- Bustos (2004). La pesificación de depósitos preserva el valor y no procede el amparo para reclamar su devolución en la moneda original (dólares).
- Massa (2006). El que aquí nos ocupa, en donde ya abiertamente se declara constitucional la pesificación con amenities (pretorianos) y se les indica la puerta de salida a los litigantes para que pasen a cobrar en base a la fórmula,
"Massa" sucede el 28 de diciembre (señal de un fallo negociado todo el año y que acaban sacando antes de una feria). Allí la Corte termina de hacer un origami compensatorio para ahorristas "pesificados" para explicarles como va a intentar mantener su poder adquisitivo aunque la moneda haya cambiado. "Una interpretación contraria a la pesificación efectuada varios años después de establecida traería secuelas institucionales gravísimas, lo cual sería contrario a la pauta interpretativa que obliga a ponderar las consecuencias que derivan de las decisiones judiciales", dirá el voto de Highton y Zaffaroni y Lorenzetti.
Básicamente sigue la estela de "Bustos" y hace un empalme matemático para determinar la fórmula mágica: si se aplica 1,40 ajustado por CER, más intereses al 4% anual (un toqueteo "pretoriano" ya que la legislación asumía 2%), el resultado "no ocasiona lesión al derecho de propiedad de la actora" por ser equivalente en su valor adquisitivo.
El razonamiento en esa sección es avalado por los votos concurrentes de Lorenzetti, Fayt y Argibay, redondeando una decisión sin disidencias. Se abstiene Petracchi como siempre, y Maqueda como nunca (las cronicas de la época reportan que decidió eso a último momento porque no coincidía con los argumentos generales, pero tampoco hizo salvedades).
Fayt acuerda con la devolución pesificada en fórmula CSJN, pero insiste en la inconstitucionalidad inicial y dirá que los ahorristas podrían luego iniciar juicios por reparaciones por el tiempo que tuvieron su capital inmovilizado, algo que no sucederá.
Hay un lúcido comentario de Marcela Basterra, que hace notar que casi todos los considerandos usan el giro que enmarca una decisión pensada "en las circunstancias actuales". Algunas veces se ha teorizado acerca de la inconstitucionalidad sobreviniente, y este sería un caso de constitucionalidad sobreviniente, un ejercicio exitoso de cronoterapia (esa expresión que por entonces ya había patentado Carlos Fayt, nunca supimos si como crítica o como estrategia).
Pero si acercamos el oído a esas fojas, a ese estribillo de "en las circunstancias actuales", escucharemos a la Corte diciendo: no importa como fue que llegamos hasta acá, sabemos que todo fue un caos y muy constitucional no fue, llegados a este punto echemos un manto de piedad y salgamos del asunto con contabilidad creativa y jurisprudencia deferente que va a ser lo mejor para todos.
A esta altura, la bomba de amparos ya se había desactivado bastante por reducción natural, con retiros parciales, ahorristas acobardados que firmaron arreglos, y otras incidencias leguleyas, pero permanecía activa. No sin titubeos, la Corte cortó los cables rojo y azul, y empieza a dar por terminado el asunto, del cual solo falta un detalle, que no se litigó por amparos pero que era parte del paquete litigado: qué hacer con los acreedores y deudores de préstamos en dólares.