Las Artes
Es el año en que se estrena "El Secreto de sus Ojos". Dificil de ver en cuanto a la lógica de la trama, estamos lejos del tono naftalinesco y elegíaco de la cosa sana de Campanella y de Sacheri, pero algunas cosas del ambiente de tribunales están bien.
Dicho esto: fue filmada en algunas locaciones del Palacio de Tribunales, que es donde está la Corte Suprema, así que la Corte puede atribuirse el Oscar por proxy tanto como efectivamente lo ha hecho la hinchada de Huracán. O sea que la Corte Argentina, jugando de visitante, tiene una estrella (un Oscar) y la norteamericana no (fracasó ahí Spielberg con "Amistad" y no recuerdo otra), y encima por un pelo se le escapó la chance de tener DOS estrellas este año.
Cerati saca "Fuerza Natural" y ahí está, Déjà Vu.
Muere Michael Jackson.
El mundo
Momento shock, altas expectativas, asume Barack Obama, nada volverá a ser igual, o tal vez si. Al final del año le estarán dando a cuenta el Premio Nobel de la Paz.
En Perú se hace justicia y Fujimori es condenado a 25 años de prisión por la masacre de Barrios Altos y La Cantuta.
En Uruguay eligen a Pepe Mujica.
Hay preview de una pandemia, la A1H1 o "gripe porcina", que también llega a Argentina. La situación es tan grave que los teatros de la Calle Corrientes llegan a cerrar durante diez días, algo inimaginable.
La pelota
Messi gana el Balón de Oro. Su primer Balón de oro. En este año inesperadamente Riquelme renuncia al seleccionado que dirigía Maradona, justo antes del período crítico de las eliminatorios.
En donde ocurre el hecho deportivo del año, 10 de octubre, lo conocen todos. Perú nos empata en el minuto 90 y nos deja afuera del mundial. En el minuto 93, nadie lo vio llegar en la unánime lluvia, y Martín Palermo advierte con visión termográfica un objeto caliente que pasaba cerca suyo y lo empuja para desatar la locura en un Monumental en el que nadie vio, ni la televisión pasó, lo que pasó inmediatamente después: Perú saca del medio, patean inmediatamente al arco de 50 metros y la pelota pega en el travesaño. El partido estuvo a punto de tener otro giro demencial.
Ahí están las pruebas solo en audio, pueden oir -escuchen a partir de 4:00- que Clos interrumpe su festejo para decir: "uy, travesaño de ellos".
Fue el primer año en que "el Dakar" vino al país. Y la primera llegada se hizo en Santa Rosa, en la Laguna Don Tomás, una de las cinco lagunas urbanas más lindas del mundo.
Es el año del equipo Brawn GP. No haremos espoilers, ya que muy probablemente no lo sepan si no son fans de la Fórmula 1, pero realmente no necesitan serlo para apreciar una historia que es genial y que pueden ver en la miniserie que ha estrenado hace poco Star+.
Argentina
En marzo, el gobierno decide adelantar las elecciones a junio (en ese momento no había una ley que fijara, como hoy, una fecha determinada para cada elección nacional en el cuarto domingo de octubre). En realidad el gobierno estaba incómodo con la incertidumbre y espera y ansiaba (estas fueron palabras textuales de Cristina en la conferencia del anuncio) "superar el escollo electoral", en un discurso que es una pequeña antología del odio contra las elecciones de medio término (una posición muy popular de oficialismos en general, digamos todo).
El escollo raspó toda la cubierta del barco.
El oficialismo apostó fuerte con apellidos consagrados al tope de la lista, notoriamente Scioli y Massa, con candidaturas "testimoniales"; figuraban allí para traccionar votos, pero estaba implícito que no renunciarían a sus cargos ejecutivos para asumir los legislativos a los que se presentaban. Fueron impugnadas, pero la Cámara Electoral rechazó por mayoría el planteo (con Dalla Via en disidencia), explicando que todo el planteo consistia en un futuro rechazo que era hipotético.
Tal como se preveía los "testimoniales" no asumieron. Sí lo hizo Néstor Kirchner, de modo que su candidatura al final no era "testimonial". Nota de color: se suponía que Nacha Guevara, que también estaba en esa lista, no era testimonial, pero renunció antes de asumir
En todo caso, la moraleja de las "testimoniales" fue que consiguió burlar el radar de la justicia electoral, pero tuvo malos resultados en la cancha de los comicios. El gambito "testimonial" quedará no obstante como una posibilidad abierta para las elecciones sucesivas.
Por supuesto las elecciones empezarían a leerse desde el prisma del escrutinio bonaerense, que trajo un resultado tan contundente como sorprendente con la victoria del outsider Francisco De Narváez (24%) frente a una lista de celebridades que encabezaba el expresidente Néstor Kirchner (22%) y secundaba Daniel Scioli.
Los contemporáneos las recordaremos como la campaña del alica alicate y los no contemporáneos no van a entender nada. Ahorramos trámites narrativos si explicamos que mas allá de eso fue una derrota del oficialismo que paga el costo político del "conflicto con el campo" del año anterior", y que la permitirá a la oposición aunar fuerzas para obtener el control de la mayoría de las Comisiones en Diputados (lo que se dio en llamar el "Grupo A")..
Otra vez, el oficialismo está en riesgo, pero tiene la mayoría holgada por ganar las dos elecciones anteriores, y la usará a fondo hasta que cambie la composición de las cámaras.
Es en ese interregno que se da la primavera de la "Ley de Medios" o "Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual", su nombre oficial, la ley 26.522 sancionada en octubre para reemplazar a la "Ley de Radiodifusión" que regía hasta entonces. Establece límites a la concentración vertical y horizontal que tienen varios afectados pero uno en particular ("Grupo Clarín", con radios, medios escritos, televisión por aire y cable). El debate político y jurídico girará en varios años en torno a su constitucionalidad, razonabilidad, e implementación. Y que judicialmente ya se había iniciado antes de que la ley fuera sancionada: Clarín había interpuesto una acción que fue desestimada por prematura, pero que marcó competencia.
Y en un sprint final antes del cambio de mandato, viene otra cosa que será un pequeño parteaguas: se buscará evitar la irrupción de oportunistas antisistema y ordenar el sistema de partidos, civilizar el sistema de "internas" que eran en la práctica manejadas por los mismos partidos, y minimizar la influencia de la "caja política" al prohibir las publicidades pagas y establecer rigurosas ventanas y espacios oficiales proporcionales.
El 2 de diciembre del año 2009, el Congreso de la Nación Argentina aprobó la “Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral” (Ley 26.571), que fue una iniciativa que tuvo origen en un proyecto enviado por el Poder Ejecutivo. Dicho proyecto tenía por objetivo establecer normas que regulen la construcción de las alianzas y la presentación de candidaturas de modo que la oferta electoral sea más ordenada y transparente y se regule de manera equitativa y democrática el desenvolvimiento del sistema de representación.
Con la sanción de la Ley 26.571 también se establecieron las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias. Las PASO reglan y norman qué partidos están habilitados para presentarse en las elecciones generales nacionales (aquellos que obtengan al menos el 1.5% de los votos válidos emitidos) y además define la conformación de la lista de cada partido político mediante internas abiertas. El umbral legal/electoral del 1.5%, establecido por la Ley, fomenta la conformación de alianzas y coaliciones, y ayuda a delinear la posible relación de fuerzas entre los competidores electorales.
Muchos años después, más concretamente este año, Abal Medina y Alejandro Tullio hacen un balance de las PASO, en una nota para Anfibia que coincide mucho con lo que yo pienso (a quién le importaba).
La Corte
La decisión de negar autorización a los miembros de un partido político supera los cuestionamientos basados en el derecho a la igualdad, tanto desde el punto de vista del criterio amplio cuanto del más estricto impuesto por las cláusulas antidiscriminatorias, pues el régimen de partidos políticos distingue del resto a aquellas organizaciones cuyo programa político incluya la promoción del desprecio u odio racial, religioso o nacional y ese distingo responde a una finalidad sustantiva que el Estado no puede en modo alguno soslayar ni demorar.
27) Que la decisión que hoy toma este Tribunal, en modo alguno implica "legalizar la droga". No está demás aclarar ello expresamente, pues este pronunciamiento, tendrá seguramente repercusión social, por ello debe informar a través de un lenguaje democrático, que pueda ser entendido por todos los habitantes y en el caso por los jóvenes, que son en muchos casos protagonistas de los problemas vinculados con las drogas (Ordoñez-Solis David, "Los Jueces Europeos en una Sociedad Global: Poder, Lenguaje y Argumentación", en European Journal of Legal Studies, vol. I EJLS, n° 2).
las lecciones de la experiencia conducen a realizar una serie de consideraciones acerca de la validez de una norma que, aunque no ostensiblemente incorrecta en su origen, ha devenido irrazonable, pues -como seguidamente se expondrá- no se adecua a los fines tomados en consideración para su sanción. Estos nuevos datos de la realidad -transcurridos veintitrés años desde el dictado de los fallos "Capalbo" y "Bazterrica" (disidencia de los jueces Caballero y Fayt en relación al antiguo texto legal, Fallos: 308:1392)- conducen a una revisión de la doctrina allí sentada, en tanto indican con el rigor que una posible declaración de inconstitucionalidad -como ultima ratio- requiere, la ineficacia de aplicar sanciones penales o incriminar a la mera tenencia con el objeto de combatir el flagelo de la drogadicción.